Hola.
Mi caso, es que el 30 de junio de 2004, me despiden, por despido improcedente, y mi jefe, pese a hacerme la hoja de finiquito por 45 dias que me corresponden, piensa pagarme sólo 20, mediante transferencia bancaria.
Evidentemente, no le firmaré el finiquito, y le obligare a pagarme lo que me corresponde, pero mi pregunta es, si se niega y vamos a juiciio, puedo disponer de la parte ya abonada de mi indemnización, o bien tengo que esperar, para que no se considere, al tocar ese dinero, que doy por aceptada esa cantidad como pago total de mi indemnizacion?
Si puedes disponer de tu dinero no lo sé exactamente.
Pero si en el papel de la indemnización pone que te paga 45 días aunque la cantidad corresponda a 20 y tu le firmas, no podrás hacer nada, podrás demostrar que te ha hecho la transferencia pero lo único que demostrará es que se ha "equivocado" al pagarte, no podrás demostrar nada.
Si tienes que firmar porque te obligan, firma "no conforme"
Lo mejor es firmar poniendo "no conforme" Los 45 días te corresponden por ley, por lo que puedes disponer de esa cantidad cuando quieras. Si te transfiere 20 días el dinero ya es tuyo y podrás disponer de él a tu antojo. El siguiente paso es ir al SMAC y pedir el abono de la diferencia que será calculada por tu abogado. El juez determinará si ha habido despido improcedente o el pago de 20 días es procedente, y te dará la diferencia o no. No te preocupes que eso no pasa del SMAC ya que si pierde la Empresa paga costas, la indemnización hasta el día de la sentencia ect...