Hola yukma, te voy a responder según la legislación o sea la Ley de Ordenación Territorial - ley basura elaborada por unos políticos que han dado la espalda a todos los ciudadanos de las islas, sin tener en cuenta la peculiaridad de nuestras tierras y costumbres.
Vamos a lo que vamos, la parcela para comprobar si es rústica o urbana has de informarte en el Ayuntamiento, ellos te dirán que tipo de terreno es, si es urbana ha de tener unas medidas según las normas subsidiarias del municipio para poder edificar, si es rústica muy a mí pesar no podras hacer nada de nada, ya que no cumple con la normativa 14000 metros cuadrados para poder edificar en terreno rústico, aunque la edificación tenga 20 años no puedes hacer nada, simplemente mejorarla y conservarla tal como estas, se me olvidaba has de consultar en el Ayuntamiento si tiene algún expediente.
Espero haberte ayudado.
Hola; a ver si alquien puede ayudarme con lo siguente:
estoy interesada en comprar una parcela de 1000m. donde existe una casa de unos 90m aprox., la cuestión es qué , no sé ,si el solar es urbano ó rustico, pero por la antiguedad de la construcción (20 años) me comentan que ya no la pueden derribar.Entonces mi pregunta es:
puedo derribarla y hacer una nueva con los mismos mtrs., ó bien, poner en su lugar una casa prefabricada?. En cualquier caso,¿ que se me permite hacer en un solar con estas características? esto está situado en el municipio de llucmajor (Mallorca).Por supuesto, el vendedor me dice que si, pero yo no lo tengo tan claro. Muchas gracias por vuestra ayuda.