Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿puedo denunciar?

3 Comentarios
 
09/07/2009 01:59
Efectivamente barsar, lo que dice sinigual ,no es obligatorio inscribirlo pero si denuncias y no los tienes registrados tendras que demostrar ,siempre que eres el autor,si los tienes ,es el otro el que tiene que demostrarlo no tu en principo por tanto se te presupone como autor hasta que el otro no lo demuestre y siempre si lo demuestra ,ahora bien el registro no te garantiza la autoria pues si resulta que se demuestra que no eres el autor perderas los derechos. Te recomiendo que leas la ley , lo primero que dice es que es de una logica tal que te caes de espaldas ya de primera. te dice que el autor de una obra loes por el hecho de crearla punto a partir de ahi no le demos vueltas .lo que no debe ser no sera .si tu has hecho una cosa por mucho que el otro diga que lo ha hecho la verdad es una que el autor es el que lo ha hecho .si tu matas a alguien ,lo has hecho tu si luego condenan a otro como culpable no quiere decir nada mejor dicho no es el autor del crimen por mucho que lo condenen.
tambien se da la coautoria ,pueden ser dos autores y asi lo contempla la ley ,leela gracias.
11/03/2009 11:51
En contra de lo que te dice davilete, creo que los derechos de propiedad intelectual no necesitan estar inscritos para solicitar su protección, ya que la protección de las obras se inicia en el momento de su creción

Mientras puedas demostrar que eres el autor de las mismas, puedes solicitar la protección contra el uso indebido de tu obra.

Te recomiendo que hables con un abogado en propiedad intelectual e industrial para ver que te dicen
10/03/2009 16:23
No se puede reclamar aquello que no se tiene, igual que no se puede vender aquello que no se posée.

Por ello, entiendo que con este breve comentario te darás enseguida por respondido.

Desconozco ahora si el silencio administrativo en cuestiones de registro mercantil debe ser tenido en sentido positivo. Si así te lo indica la ley puedes considerar como fecha válida de tu inscripción el transcurso de dichos seis meses desde tu solicitud para comenzar a denunciar aquello que no entiendo que debas denunciar. Para qué subes a internet aquello de lo que no quieres que se disponga?
Investiga un poco quien te lo subió y no creas que por el hecho de registrar estarás a salvo de todo los "piratas" que lo único que hacen es tomar lo que está disponible en la www.

SALUDOS.
¿puedo denunciar?
04/03/2009 04:34
Hola a todo el mundo.
Acabo de solicitar el registro de una creacion artistica mia el el Registro de la Propiedad Intelectual.
¿me podriais decir si puedo denunciar, en este momento, a los que la estan usando sin mi consentimiento en internet, o tengo que esperar a que este aceptada y registrada, o a los seis meses que se dan de plazo para que sea registrada automaticamente mediante el silencio administrativo?
gracias