Buenas tardes. En 2009 mi ayuntamiento recalifico varias naves industriales ( suelo industrial ) en suelo urbano consolidado. Desde entonces, no nos han dejado alquilar, ni realizar ninguna actividad nueva, perdiendo dinero de dos naves que soy propietaria. Tras varias conversaciones con mi ayuntamiento, decido este año demoler y construir ya que ellos me reiteran que es su único uso en la actualidad, me encuentro que el ayuntamiento me retiene la cédula urbanística sin contestación y no me da solución a construir puesto que hay más naves y los que están en activo me tienen que autorizar . Es correcto este trámite , recalcó que son naves adosadas pero cada uno tiene en escrituras su parcela y ya es urbanizable para chalets adosados. Deben firmarme los demás propietarios??. Estos no quieren por miedo a que queramos echarles, el suelo es privado e intentado hacer comunidad de propietarios y tampoco quieren, el ayuntamiento se lava las manos.
Puedo denunciar al ayuntamiento por recalificar un suelo que era industrial y estaba en activo?? . La perdida de todos estos años y la incapacidad a edificar puedo pedir algún tipo de indemnización??
Lo primero que ha de tenerse en cuenta es que el planeamiento recalificaría el suelo, no las naves industriales, y la recalificación, puesto que al parecer cambia el uso de industrial a residencial, sería a suelo urbano NO consolidado- Míralo bien.
En esa más que probable situación, el planeamiento podría haber delimitado una unidad de ejecución a partir de la cual redactar los instrumentos urbanísticos previstos en el Plan para desarrollar el suelo dotándolo de las infraestructuras y servicios urbanísticos necesarios para el uso previsto.
En general y es legal, en tanto que no haya un Plan Parcial aprobado definitivamente en los terrenos incluidos en la unidad de ejecución, los planes que las establecen deben suspender licencias de obras en ellas.
Por tanto, si consigues el apoyo suficiente de propietarios interesados (posiblemente por encima del 50%) la ley te faculta a redactar y presentar los referidos instrumentos urbanísticos en el ayuntamiento para su aprobación...........y cruzar los dedos esperando a que, en la fase de exposición pública de dichos instrumentos, algún propietario ajeno al porcentaje de los adheridos no los impugne,
Ahora bien, no entiendo que las naves existentes el Ayuntamiento prohíba alquilarlas, creo que esa oposición sí podría ser ilegal, excepto que el inquilino pretenda darles un uso distinto al preexistente, es decir, que en lugar de una industria se pretenda instalar en ella un restaurante o una clínica veterinaria u otra actividad declarada incompatible con el uso predominante industrial.