Tu aportación depende del acuerdo al que llegues con tus socios. Tanto si la oficina es tuya en propiedad y llegas a un acuedo de no cobrar alquiler durante los meses que considereis hasta que quede cubierta tu parte o si empezais a operar porque tu eres arrendatario y te haces cargo del alquiler hasta cubrir tu parte, es factible, pero deberás revisar los contratos de arrendamiento o facturar para trasladar los gastos a la sociedad y poder reflejar contablemente la situación en la sociedad del alquiler y de tu aportación.
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¿puedo aportar a una s.l. la renta de un alquiler?
Tengo pensado montar con unos amigos una S.L. No dispongo de liquidez pero si que tengo una oficina amueblada. ¿Desearia saber si puedo aportar a la sociedad lo que cueste el alquiler de esta oficina?. Es decir en vez de pagar la S.L. el arriendo a mi. Yo aporto lo que valga el alquiler por un tiempo determinado.