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¿Puedo aplicar el artículo 54.2 a del ET, y despedir al trabajador?

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¿puedo aplicar el artículo 54.2 a del et, y despedir al trabajador?
09/06/2010 20:04
El convenio colectivo de aplicación no establece en su graduación de faltas, las faltas de puntualidad.
¿Puedo aplicar el artículo 54.2 a del ET, y despedir al trabajador ya que llega treinta minutos tardes todos los días sin causa justificada en este mes?