Hola, alquilé un piso en febrero de este año, pero el inquilino solo me pagó la fianza. A los 3 meses le puse demanda de desahucio y el juicio no sale hasta finales de diciembre. El inquilino, al final se fué, pero no me ha devuelto las llaves, por lo que mi abogado me dijo que no podia, ni cambiar la cerradura ni volver alquilar el piso hasta que hubiera juicio.
El caso es que necesito dinero y mi pregunta es :
¿ puedo alquilar dicho piso y cuando vaya al juicio, decir que lo he vuelto a alquilar en tal fecha ?
Es que mi abogado, de oficio, ya no me contesta.
También me dijo, que es posible que el Juez dictamine, que el inquilino solo deba pagarme un par de meses nada mas.
El contrato es tipo standar por un año.
Muchas gracias a quien me conteste.
Hola Dunk. La respuesta que le ha dado su abogado es absolutamente correcta en cuento a que usted no puede ni cambiar la cerradura ni alquilar la vivienda hasta que no haya sentencia judicial firme.
Hola, eso ya lo sé, pero lo que me gustaria saber, es si cuando se celebre el juicio ( que todavia no tengo ni idea ) podria decirle al Juez que el piso lo he tenido que alquilar porque estoy ahogada de deudas. y porque me han comentado, que aún teniendo el contrato firmado por un año, el inquilino ya se fué ( diciendome que no me pagaria nada porque no le iba a encontrar nada ) y que en esos casos, en los que el inquilino se va, el Juez solo le obligaria a pagarme dos meses, cuando ya llevo 9 meses sin cobrar y sin poder hacer nada. Y mientras mis deudas aumentando.
Hola Dunk. En la sentencia se reconocerán las cantidades adeudadas por el arrendatario y las devengadas con posterioridad hasta la fecha en que la vivienda haya sido arrendada nuevamente.