Hola compañeros. A ver si alguien puede ayudarme...
En el año 2002 vendí un piso en Barcelona a través de una agencia inmobiliaria (Donpiso) y me fui de alquiler a otro piso en la localidad de Maracena, provincia de Granada, mientras buscaba una vivienda para adquirir en propiedad.
En el año 2003 me fui a vivir a la vivienda que adquirí en propiedad en otra localidad, Albolote, Granada, empadronándome en esta localidad.
En el presente año 2013, me encuentro en mi cuenta corriente un embargo del ayuntamiento antiguo. En ese momento hablo por teléfono con la oficina de recaudación del ayuntamiento antiguo (Barcelona) para saber a qué era debido ese embargo. Me reclamaban la plusvalía del piso de Barcelona que vendí. Informan a un familiar que acudió en mi representación en el ayuntamiento de Barcelona, que me notificaron por 2 veces en el piso de Maracena en el cual viví de alquiler hasta 2003, en las siguientes fechas:
- 23 noviembre 2005
- 24 noviembre 2005
Así mismo publicaron en el BOP de la provincia anuncio de citación para práctica de notificación. Lógicamente, si no vivo en el piso de alquiler, no puedo recibir ninguna notificación en esa dirección, y lógicamente ni por asomo se me ocurre mirarme los boletines oficiales de la provincia, con lo cual me encuentro de repente con que tengo un embargo en mi cuenta sin comerlo ni beberlo ni tener conocimiento de ello.
No contenta con la contestación me persono en la oficina de recaudación, y me informan que además han metido un recargo más los intereses actuales desde el fin del pago voluntario, y que el procedimiento sigue su curso, que lo mejor que puedo hacer es pagarlo si no quiero seguir teniendo más intereses. Les solicito una copia del expediente contestándome que tengo que dirigir un escrito al ayuntamiento y que luego tardaran de 2 a 4 meses en dármelo, previo pago de los gastos de la copia, y que es culpa mía si al irme a otra localidad no he notificado a la oficina de recaudación que me marcho a otra localidad, y que por tanto mi domicilio fiscal es el que a ellos le consta.
Me encuentro totalmente indefensa, ya que no he recibido ninguna notificación con lo que me podría haber ahorrado el recargo y los intereses, pido el expediente y me dice un funcionario que el expediente me da igual, que voy a pagarlo para nada ya que el expediente sigue su curso disciplinario.
¿Puedo alegar indefensión por notificación defectuosa para que me devuelvan la cantidad de recargo? Si es así, ¿cómo debo hacerlo?
Yo no veo ninguna indefensión. No creo que en el Ayuntamiento de Barcelona trabaje la Bruja Lola para averiguar si te has cambiado de domicilio.
Además,a efectos del impuesto de plusvalía municipal, es el interesado quien tiene la obligación de presentar declaración.
Cuando te empadronas en un sitio nuevo, no se te da de baja del viejo automáticamente? eso es lo que me han indicado a mi, y de hecho en el nuevo padrón, se te solicita el municipio de procedencia para ello....