estoy en plazo de interponer recurso contencioso contra la desestimación de una reclamación de cuantía a mi administración y patrón; de hecho, creo que mi abogada ya lo ha hecho.
Paralelamente, ha devenido firme una sentencia, estimando a la persona demandante las mismas pretensiones que las mías. Por ello, se puede interponer un incidente de extensión de sentencia firme. Sin embargo mi abogada me dice que en mi caso NO puedo usar esa estrategia porque ya se ha dictado resolución desestimatoria, a mis escritos administrativos supongo que se refiere, y eso me extraña porque hace años en asunto análogo todos comenzamos por el escrito administrativo desestimado para luego
¿Es cierto que no puedo, en mis circunstancias, acogerme a la extensión de sentencia?