además - de nuevo me puede equivocar - pensé que había en derecho español una mención de que puedes tener relaciones con una persona a partir de los 12 años?
No soy especialista en estos temas, seguro que el estimado Kapitán tiene su opinión y no tardará en darnosla.
Qué pretendes, ridiculizar mis aportaciones? Lo llevas claro.
Sigues dándole vueltas al código penal mejicano o andorrano, que no, que no es necesario, que se le juzgará por el español en España. Lee, lee lo que escribí anteriormente.
No le corresponde a él ir a un determinado juzgado. Podría denunciar los hechos en Andorra y tras las primeras averiguaciones que determinen que se trata de un ciudadano español se ponen en marcha los mecanismos aquí para perseguir ese tipo de delitos que en este caso podría ser competente la AN, como con la piratería.
Ya estamos dándole vueltas también al TEDH, parece que te funciona con los presos y sus familias, eh!, les vendes humo! pero aquí no impresionas ni vas a engañar a nadie.
Y no, NO hace falta que sea punible en Andorra.
189.4. El que haga participar a un menor o incapaz en un comportamiento de naturaleza sexual que perjudique la evolución o desarrollo de la personalidad de éste, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año.
Se trata de menores de 13 años no de 12, veo que te gusta ir amoldando las leyes a tu conveniencia para que encaje lo que te interesa y se quede fuera lo que no.
bueno, he pedido a Justicia en Andorra que me manden un enlace o por email copia del código penal (que supongo será en Catalán).
Sobre el comentario de nuestro estimado capitán:
gracias por lo de 13 y no de 12 años - que como dicho, lo desconozco completamente (aunque un cliente se enfrenta la semana que viene a una petición de 58 años en la AP, pero como no llevo personalmente el asunto ...)
De todas formas, hablando del art. 189.4, se quedaría en un simple intento (o sea reducción de nuevo). Habrá que ver si hay antecedentes, el texto de los mensajes, etc. etc. Esto de ''haga participar'' y ''que perjudique'' me suena a un - en España - proceso laborioso, con psiquiatras, con investigación durante 5 o 10 años etc. Tiene que ser algo que interesará a los policías, mas cuando los psiquiatras de los juzgados se están negando a trabajar por impago de sus honorarios.
Veo que el padrastro ha denunciado en Andorra ya (o por lo menos, ha dicho que lo ha hecho, que es otra cosa). O sea que ya se olvida de la jurisdicción española.
De nuevo chico: ser un poco mas inteligente, y no cometer estupideces. Y no meterte en facebook que es una ... mxxxxx.
Sigues con el código andorrano!!
Nadie se olvida de la jurisdicción española, el padre ha puesto la denuncia en Andorra como no podía ser de otro modo, pues el delito se ha cometido en Andorra y no le corresponde a él otra cosa. Será la justicia andorrana la que, si hace las cosas como debe, participe a la española de la implicación de un español en un delito de esa naturaleza y la denuncia que existe contra él.
Tentativa? afortunadamente, pero presunto delito.
Proceso laborioso? Depende, no es un hurto in fraganti pero tampoco el proceso de Nürenberg.
claro - porque si allí no es delito, ''la justicia andorrana, si hace las cosas como debe'' se olvida del tema. Si no hay delito en Andorra, la justicia andorrana no se va a mover para nada.
Kapitán, por favor: si en un país no es delito, como van a mandar todo a otro país?
Por favor ... ya hemos visto que lo de tratados internacionales no es lo tuyo.
Much ado about nothing. A ver primero si ha habido denuncia, y no se queda todo en una habladuría del padrastro para impresionar a su hija.
Todavía no has entendido nada.
No es necesario que sea delito en Andorra, SÍ que haya denuncia de la fiscalía o QUERELLA del perjudicado. Cuando alguien se querella se persona como parte y si le dicen que en Andorra no hay tema, su abogado, por mediocre que sea y siendo andorrano como se le supone, se debe conocer o al menos interesarse por el procedimiento penal español en lo relativo al delito cometido por un español. Vamos, que lo que para ti es un mundo te aseguro yo que no lo es en absoluto para alguien que conozca el oficio, pero claro, tú de eso poco, lo tuyo es el TEDH, los presos y sus familias, sin poder operar jurídicamente, al menos en España. Cómo le llamas a eso?
a. donde viene que el padrastro tiene abogado? Es que quizás para la luz enorme que eres, es obvio, para mi no. No se mencionó que tenga abogado
b. donde se dice que el padrastro vendrá a España a poner una denuncia? No lo ha dicho el eyes, no sé. Quizás lo sabes con tu bola de cristal, pero son todas suposiciones. Has visto - para ver - la denuncia en Andorra?
c. si el hombre no ha dejado su nombre o DNI etc. o mas detalles, la Policía (caso de venir a España el padrastro para pasar en una maloliente oficina de la Policía tres o cuatro horas, con su hija, para que le atiendan) lo primero que tiene que hacer es averiguar quien es: o sea, comisión rogatoria, etc. etc. etc. 6 meses, un año?
d. luego obviamente: psiquiatra (cuando el Estado Español reanuda los pagos, lo que puede ser en el año 2020) para la chica. Has visto Kapitán, los mensajes intercambiados?
e. luego .... citar, juicio, y probablemente ya prescripción (no es Eyes Carromero supongo)
f. Kapitán: antes decías que el Juzgado tenía que remitir desde Andorra a España, ahora es el abogado que tiene que venir a España (en qué juzgado???). Por que no el Papa lo tiene que hacer? O el Obispo de la Seu d' Urgell?
g. Kapitán, como se llama ejercer de Torquemada sin tener cualificación alguna? Paséate un momento con tu bastón por la ciudad para impresionar a las chicas, y deja de dar consejos que solo prueban que no tienes ni idea, y de enseñar que no conoces las leyes. Es un consejo, nada mas.
Dejo el intercambio, Eyes - el lunes te pongo el texto jurídico andorrano si me lo pasan desde Andorra, y en lo que a mi se refiere, continuaría durmiendo tranquilamente. Aún después de todos los esfuerzos del Kapitán, lo máximo que QUIZÁS te pueden meter es - legislación española en la mano - ridículo, y si no tienes antecedentes por algo similar, no entrarás nunca en la cárcel.
Y a no volver a hacer este tipo de estupideces, diría yo.
a) Si no lo tiene nada le impide tenerlo. Dependerá del interés que tenga.
b) El autor del delito cómo va a saber a qué está dispuesto el padre de su víctima? No tiene sentido negar lo que hará o dejará de hacer, pero lo importante es que PUEDE hacerlo.
c) Sobre la averiguación de los autores se encarga la policía. No hay problema alguno.
d) Psiquiatra? Sin duda la familia la llevará a uno que informará convenientemente y el forense hará otro tanto.
e) Prescripción? Estás de broma? A santo de qué? Todos los delitos (excepto los de genocidio y alguno más), pueden prescribir, dejamos de denunciarlos pues porque pueden hacerlo? No seas ridículo.
f) Si es delito en Andorra lo puede hacer tranquilamente de oficio el fiscal previa denuncia, pero si no lo es tendrá que hacerlo el perjudicado mediante querella. Veo que aún no te ha quedado claro. Y por cierto, no te rías, el Obispo de la Seu tiene mucho que decir, pues junto con el presidente francés gobierna Andorra y, entre otras cosas, firman los distintos tratados internacionales.
g) Nunca me las he dado de conocer, ni las leyes ni ninguna otra cosa, sólo hay una que sí me jacto de hacerla bien y es reconocer al puerco por el gruñido y al jabalí por el colmillo.
Ahora, en tu último párrafo, ya me sales con que no entraría en prisión. Cómo estás tan seguro? Sabes acaso si tiene o no antecedentes que le sean computables? Por qué das por hecho que no es así?
Veo que sigues suponiendo lo que te interesa cuando te interesa, barriendo para un lado o para el otro en función de por dónde te llegue el aire y ello resulta un tanto ridículo, no te parece? Deja ya de ponerte en evidencia, yo jamás lo haré pues jamás he presumido de ser nada ni me anuncio para engañar a nadie.
pensaba que en España los policías sabían leer. Me he equivocado.
Quizás el padrastro efectivamente tiene un abogado en Andorra (que por ser fuera de la UE no puede ejercer en España), dará unos poderes notariales (con apostilla de la Haya, por favor) para presentar una querella, quizás el Eyes tiene antecedentes (he puesto que partiendo de que no tenga, no entraría), etc. Demasiados quizás para mi, pero con el último comentario que has hecho (alentando a grabar a escondidas en los juzgados) ya me basta de reirme para hoy.
Torquemada, métate con algo útil en lugar de una chorrada de un crío de 21 años. Es un consejo.
Siempre retorciéndolo todo para que te encaje la postura.
Qué pasa, que el padre puede contratar un abogado en Andorra y no lo puede contratar en España? Seamos serios.
1. No tengo antecedentes penales de ningún tipo
2. el padrastro no ha contratado un abogado y lo se porque su hermana es mi novia, solamente me dijo por face que me había denunciado con la policía andorrana y a su hermana le dijo la hermana mayor que me había denunciado también y que "ella no mentía como otras"
3. no tienen idea ni de mi nombre real y tienen una foto que piensan q soy yo pero no lo soy y tampoco tienen idea de mi domicilo ni en España ni en Mejico
no, un trió entre mi novia y su sobrina postiza de 12 años pero yo pensaba q ella tenia 15 jamas pensé que 12 y lo decía en coña pero su padrastro (el hermano d mi novia) Leyó la conversación y ps eso ..