Al ser custodia compartida tienen el mismo derecho uno y otro a tener a los hijos empadronados. Dependiendo de la comunidad autónoma, necesitas autorización o no. En la Comunidad Valenciana por ejemplo, no es necesaria la autorización si el otro progenitor no cumple con las condiciones para ser también familia numerosa. Si el menor posrr ese carnet, tu también puedes beneficiarte porque cuando esté contigo, él sigue teniendo descuentos en transporte, tiendas, restaurantes, acceso a becas, reducción de tasas etc.
Sí cumplen los requisitos sí pueden formar una familia numerosa. Deben estar casados o pareja de hecho, y deben acreditar que tienen la custodia o bien que hay dependencia económica de los hijos aunque no convivan con ellos.
En alguna comunidades se solicita la firma del otro progenitor, en otras no. Para usted no tiene ninguna repercusión a efectos fiscales ni nada por el estilo. Sólo le afectaría en casa de que usted también quisiera constituirse una familia numerosa incluyendo a su hijo, este no podría estar en dos títulos a la vez.
Su hijo tendrá algunos beneficios en los puntos de acceso a colegios, refección de tasas, universidad, etc. usted puede solicitar un duplicado del carnet de su hijo para utilizarlo cuando esté con usted.
Buenas noches,
Tengo una duda para ver si me la pueden aclarar. Mi exmarido quiere formalizar su relación con su pareja, no tienen hijos en común. Ella tiene dos con su anterior pareja y mi exmarido el hijo que tenemos en común. Pueden solicitar el título de familia numerosa? Necesita mi autorización? Me puede repercutir en hacienda o cualquier otra administración?