Yo tb entiendo q el rebelde no puede proponer prueba, por mucho q su abogado haya comparecido. Si no se comparece legalmente y en plazo se produce la preclusión (art. 136 LEC).
Pero, ojo, la rebeldía debe estar declarada previamente, sin haberle logrado notificar resolución alguna, pues sino, basta la comparecencia del procurador con poder bastante (art. 414.2.2º LEC), pero si no está declarada rebelde, debe comparecer por si o por procurador.
En este caso, además se podría haber solicitado el interrogatorio del demandado (doy por supuesto q es rebelde) para hacer valer la "ficta confessio" (art. 304 LEC) en su caso.
El rebelde dispone de vías suficientes para hacer valer su dcho (arts. 496 y ss LEC) y el principio dispositivo impide q el juzgador de instancia supla cualquier inactividad de una de las partes, máxime si no cuenta con respaldo legal alguno.
Lo dicho salvo mejor opinión en dcho. Saludos¡
¿pueden proponer prueba un rebelde en la audiencia?
Hola, quería saber si el abogado de un rebelde pueden proponer prueba en la audiencia, he tenido una audiencia en la que el juez la admitió, a pesar de que la impugné, pero no se en que art. de la lec lo puedo fundamentar. Gracias por la ayuda