muchas gracias a todos , es una situación , compleja , y mas aun cuando , todos tienen otra opción que son las escaleras , incomoda, por supuesto , pero tengo un familiar en silla de ruedas , de hay mi preocupación , gracias nuevamente ahora tengo por donde tirar ,
No se trata de si es libre o no impugnar.
Se trata de que si yo digo que lo hecho es legal pero puedes impugnarlo, no te estoy aconsejando que lo impugnes sólo estoy diciendo que es una posibilidad.
En este caso si se hubieran conseguido los 3/5, la impugnación sería una pérdida de tiempo y dinero.
No obstante están legitimados para impugnar los disidentes que han salvado su voto, alegando ante el juez, que el acuerdo supone un grave perjuicio o se haya adoptado con abuso de derecho.
Si se aprueba por los 3/5 sería un acuerdo legal, y no cabría alegar nada dependiendo del informe de la empresa de mantenimiento y de la delegación de Industria.
Dejar sin servicio un ascensor alegando ahorro en una comunidad de 50 viviendas, es una decisión poco acertada, los 3/5 tendrían la palabra,
Los que han propuesto dejar sin servicio un ascensor para ahorrar energía, se supone que temporalmente, según mi opinión están equivocados.
Dejar un solo ascensor, en teoría supondría el ahorro de energía eléctrica, pero no del mantenimiento que sería el mismo, el único ascensor tendría que soportar todo el servicio, y las averías que se produjeran, y las molestias para los propietarios. al final serían cebadas con piedras que se dice en mi tierra.
Pregunta:
Hay alguna normativa , que diga que tiene que haber dos sensores para tanta gente ,
Respuesta:
Esa pregunta la debían contestar la empresa que lleva el mantenimiento de los ascensores, o en su defecto en la delegación de industria de tu ciudad. que la empresa de mantenimiento lo de por escrito, por si hubiera algún problema, un accidente etc.
Pregunta
"pueden parar un ascensor de los dos que hay , es un bloque con 50 pisos, por tema de ahorrar, la comunidad"
Respuesta:
Opino que deberá celebrase un Junta de propietarios y APROBARSE POR 3/5, de tal manera que los disidentes tienen que votar NO, y junto con los que no asistan salvar su voto.
Lo de impugnar lo dejo para otro comentario.
Pueden pararlo, puede impugnar si se ha adoptado con abuso, puede demandar si le ha perjudicado.
¿Aconsejar? Yo no lo he hecho, le he dicho que se puede. Yo lo haría si por ejemplo los ascensores son de escasas dimensiones, y no entraría el acompañante un usuario en silla de ruedas, sube el minusválido, y espera a ser rescatado, por el acompañante que sube andando.
Bueno, ya sabemos que impugnar es libre, nadie puede impedirme que vaya al juzgado y demande a quien me de la gana y por lo que me dé la gana..
Pero contestar a una duda diciendo, "lo que han hecho es totalmente legal", pero .... puede impugnar, no parece muy lógico.
Pues existen dos casos
Primero interrupción del sevicio temporal
Segundo interrupción del servicio definitivo
Para el primer caso, se necesita mayoria simple que lo apruebe en junta.
Para el segundo caso, se necesita 3/5.
hola necesito ayuda , pueden parar un ascensor de los dos que hay , es un bloque con 50 pisos, por tema de ahorrar, la comunidad , o si hay alguna normativa , que diga que tiene que haber dos sensores para tanta gente , gracias de antemano ,