Soy propietario de un local comercial. En la actualidad en el local adyacente al mio estan realizando obras para abrir una sucursal bancaria. Hace unos dias, me comentaron los elctricistas que estan realizando la instalacion electrica de dicho local que por razones de "tipo técnico ",que no termino de entender,se podian ver obligados a que parte de la nueva acometida electrica que van a realizar tenga que pasar por dentro de mi local.Mis preguntas son:¿Me pueden obligar a esto? Supongo que sin mi consentimiento, no lo podran hacer. Si accedo a ello, ¿Tengo derecho a una indemnizacion? Pienso que si accepto, podria tener a corto o largo plazo problemas por este tema(averias, mantenimiento, reparaciones, etc). Muchas gracias.
Si está debidamente justificado y no existe otra posibilidad, deberás permitir que pasen los cables y, en estos casos, no hay derecho a indemnización, salvo que al colocarlos te causen un perjuicio económico concreto y evaluable.
Es decir, no podrás negarte, pero deberán demostrar que no hay otras opciones.
La LOE, establece la obligación de situar las instalaciones por zonas comunes y que cada finca, solamente tenga que soportar sus propias instalaciones.
Pero es que la LOE se aplica en las nuevas construcciones, no en las ya hechas.
Y si se se puede poner por zonas comunes, no habría justificación para que pase por el local, porque repito "Si está debidamente justificado y no existe otra posibilidad"
No le pueden obligar, en tal caso dirijase al Departamento de Industria de su ciudad y se lo confirmaran, lo puede hacer por carta llevandola y que se la sellen como entrada y le contesten de la misma manera.