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¿pueden no indemnizar por problemas económicos?

3 Comentarios
 
¿pueden no indemnizar por problemas económicos?
24/10/2024 11:22
Me proponen enviarme al paro por cambio de algunos socios y volver a contratar en cuanto entren nuevos socios en unos meses (si se da) con subida de salario. Pero que no hay indemnización porque pueden argumentar que no tienen dinero y por eso no se paga. Y como acto de buena fe darme como indemnización unos 1000 euros hasta volver a ser contratado (¡vas a estar cobrando más! dicen). No creo que quieran estar pagando n meses sin querer volver a contratarme o mucho menos los 11 mil - 18mil (según la calculadora poderjudicial.es).

Antigüedad: agosto 2018
Contrato: Indefinido tiempo completo ordinario
Grupo cotización: Ing. Técnico ayudantes
Regimen: General
Retraso en pago de nóminas: 4 (llevan 2 meses diciendo que me van a dar de baja pero que por papeleo de poner en orden todo tras la salida de socios están tardando)
Meses sin aportar a la SS: 3
Salario bruto mensual: 2650. Sin subidas los últimos 5 años. Y la única subida el primer año "se equivocaron" y dos meses me dieron 300 menos de lo dicho, se quedó en "luego lo arreglaremos" y nunca llegó.
Nº de empleados: solo yo
Tiene varias empresas, y antes estuve en otra por año y medio de la cual me hicieron firmar baja voluntaria sin indemnización, un contrato indefinido de tiempo parcial 50%. Y no descarto que luego quieran contratarme con otra empresa.

Si hay indemnización, ¿cuánto puede estar costando y durando un juicio por reclamar la indemnización?, ¿qué tipo de abogados se encargan de esto?
27/10/2024 19:59
dedalos
Hola. Si no pueden pagarte la indemnización que te corresponde por despido, que te despidan y tras la sentencia del juzgado y su correspondiente ejecución, si la empresa es declarada insolvente, podrás cobrar 3o días por año del FOGASA.
Saludos
27/10/2024 20:56
Expertolaboral
Hola, Gracias por la respuesta.
Entiendo que además del finiquito no hay que firmar nada que se renuncie a indemnización explícitamente. O puede venir implícito en el finiquito de que no se reclamará nada más. ¿Da igual si se firma en el finiquito pero no otro documento? Pido a un abogado/gestor que haga el trámite y ya. ¿Hay algo que deba tener en cuenta para que no me engañen de alguna forma y pierda eso?
03/11/2024 10:00
dedalos
Hola. Lo mejor es que cuando te pongan por delante un documento , pongas siempre "PENDIENTE DE REVISIÓN" y luego firmas.
Tendrás 20 días hábiles para hacer la papeleta de conciliación y posterior demanda al Juzgado.
Saludos