A menos de que el piso sea ganancial, es decir, de su padre y de su madre. Entiendo que su padre ha fallecido, por lo que el 50% del piso perteneciente a su padre, ahora parte es de Vd. Y entonces, si, necesitarán de su autorización para vender.
No es tan sencillo como votar a favor o en contra. La solicitud de inhabilitación debe realizarse por vía judicial. Si el juez la concede, nombrará una persona como tutor legal de su madre, y será supervisado por el juzgado.
Es decir que en el supuesto de que el juez acepte inhabilitar a su madre y nombre tutor legal a uno de sus hermanos, para vender el piso deberán solicitarlo al juzgado y justificar el motivo de la venta y para qué se va a utilizar el beneficio obtenido. El juez puede denegar la venta si no ven que vaya a existir beneficio para la persona incapacitada. Si básicamente quieren vender la casa y repartirse el dinero, dudo mucho que el juez lo vaya a autorizar.