1.- Sólo durante los 3 primeros años: el casero no puede hacer un nuevo contrato únicamente durante los 3 primeros años de duración mínima garantizada en la LAU del 94. Una vez cumplidos esos 3 años el casero puede hacer un contrato nuevo a Ud. o a otra persona distinta si es que Uds. no llegan a un acuerdo.
2.- No: tienen que llegar a un acuerdo, no pueden imponerlo.
Buenas. Firmé contraro alquiler en Febrero 2014. En contrato de tres años con posteriores prórrogas anuales. El caso es que nosotros queremos seguir en la vivienda. Pero propietario dice q en febrero 2017 quiere firmar un nuevo contrato de 3 años aumentando considerablemente el precio. Puede hacerlo? Puede subirnos el alquiler mas que el ipc?
Gracias x vuestra ayuda.