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¿pueden extinguir este subsidio?

1 Comentarios
 
¿pueden extinguir este subsidio?
08/12/2016 19:53
Un profesional (graduado social) dice que sí, pero a mí no me cuadra.
Hechos:
El perceptor de un subsidio de mayores de 52 años va a recibir en una herencia:
- Un fondo de inversión valorado en unos 40.000 €
- Una cuenta corriente de unos 10.000 € y
- Dos garajes alquilados en 100€ cada uno.
El mismo mes que reciba la herencia venderá el fondo de inversión y
pagará varios préstamos que tiene pendientes con entidades financeras.
Si queda algo de la cuenta corriente se quedará el dinero ahí sin que le
produzca intereses.
El argumento del graduado social es que el INEM, lo extinguirá porque
estimará que con ese dinero el benefactor no necesita el subsidio.
Yo estimo que eso es injusto dado que el dinero es para pagar los créditos
y no le producirá ningún tipo de rentas y por los garajes no supera el límite
de los 491 €.
Gracias por vuestros comentarios.
23/12/2016 21:28
fergomar
Detallo a continuación lo que me han respondido
en el Sepe sobre la consulta que hice por si a
alguien le puede interesar.
Dicen que ellos dividen los 10.000 € recibidos en
la herencia por 12 y como supera el límite
suspenden el subsidio por un mes.
Al mes siguiente se hace un nuevo cálculo
Si se vende el fondo, en caso de pérdida patrimonial
no se computa nada. En caso de ganancia, se suma
esta a los alquileres y si no se supera el límite legal
se reanuda el subsidio tal como estaba antes.
Si el fondo no se vende hay que imputarle una renta
presunta, resultado de aplicar el 50% del interés legal
del dinero y dividir esta cantidad entre 12.
Ejemplo: Para 40.000 € la imputación mensual es de
50 €.
Saludos y felices fiestas.