Eso no es tan facil. Si es verdad que hay deudas, y éstas no se han pagado, primero notificaran por escrito el procedimiento ejecutivo de embargo; siempre empezarán por lo que menos "aparatoso" sea; por ejemplo, embargo de cuentas bancarias,
hola buenas tardes, yo quiero comentar una caso que me a sucedido esta mañana, se presenta en mi trabajo un tio que se identifica como trabajador de la seguridad social. para solicitar el pago de los autonos que tengo pendientes de pago, y la seguridad social de un trabajador, y que si no me paso por las oficinas de la SS, en 3 dias me manda para que me embargen la oficina, y si esta cerrada llaman al juzgado y la policia fuerzan las puertas y se llevan los que quierar??
yo quiero saver que es lo que se pueden llevar y que no???
lo digo por que estoy preocupado que nos dejen sin poder trabajar por que se lleven todo.