Pues lo tienes claro, no tienen que embargarte, esos bienes no te los embargan, tienes que leer en la LEC los bienes inembargables, te respetan todo eso y ademas los sueldos que no excedan el salario minimo intrprofesional.
Hace un par de años pedí un pequeño préstamo (€5000) para poder afrontar los gastos de Vital Dent (una clínica dental), el año pasado me quedé sin trabajo y no pude pagar cuatro cuotas del préstamo por lo cual permanecen impagadas y los intereses subiendo sobre esas cuotas impagadas.
La entidad de crédito a la que solicité el préstamo es FinConsum y ahora me quiere demandar con un juicio monitorio para que pague la totalidad del préstamo, lo cual estando desempleada es imposible para mi ahora.
Les he comentado si me ofrecen la posibilidad de refinanciación de mi crédito para arreglar el asunto pero se han negado rotundamente y no me dejan posibilidad de que intente actualizar las cuotas impagadas...
Mi pregunta que os queria hacer es si en caso de llevarse a cabo la demanda por las cuotas impagadas, y ya que no tengo casi nada a mi nombre, no tengo propiedades a mi nombre, sólo bienes personales como ropa, libros, mi ordenador, etc.. ¿podrian embargarme estos bienes personales y dejarme sin nada?
Muchas gracias pues el tema me preocupa muchísimo.