Vamos a ver, primero deuda es de vd , por tanto a su marido no pueden embargarle
y a vd con los limites que marca la ley
El salario minimo no puede embargarse y la hipoteca, nadie va a pagarla con los 75.000 euros que se deben
Por tanto por los 4.000 euros no van a ir a por su piso, lo que si pueden hacer es una vez declarado lo que el juez diga en su sentencia es Carrefour ordenar la ejecucion, que consiste en inscribir esa deuda en el registro y esa vivienda queda grabada con esa cantidad y cuando vd quiera venderla pues no podra, si no paga...
Tengo un caso asi, pero yo el que ejecuta por 9.800 euros
Con tal de que la vivienda valga un euro más que el restante de hipoteca, se te puede embargar. La venderían o subastarían, pagarían al banco, se cobrarían su deuda, y si sobra algo (incluyendo gastos), sería vuestro, y si falta, seguirás siendo deudora y te podrán seguir embargando nómina o lo que encuentren hasta que se salde la deuda.
Gracias por responder,se me olvidó decir que la vivienda está hipotecada y nos queda todavía mucho (75.000) más o menos, no sé qué pasaría en ese aspecto.El día 14 /02/2018 tengo cita para presentar toda la documentación. Si necesito algo más continuaré en este mismo tema. Nuevamente muchas gracias
Toda la documentación es lógica, para poder determinar qué te pueden embargar (cuentas, vehículos y propiedades inmobiliarias). Únicamente no tiene relevancia directa la del marido al estar en separación de bienes. A tu marido no lo pueden embargar (si estuvierais en gananciales sí), pero la vivienda si es de ambos sí que podrán embargarla. De ahí se explica que pidan además la información de quienes viven ahí porque puede haber ciertos límites a los embargos cuando vive gente en riesgo de exclusión social, tanto de tu marido como de tu hijo.
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Derecho y Leyes
anayibeanayibe hace 4 horas
Pueden embargar el sueldo de mi esposo
Tengo un proceso monitorio por parte de 4.718,57 €/ por un préstamo de servicios financieros carrefour y el que me demanda es: INVESTCAPITAL MALTA LTD.La deuda según consta en documento se ha generado a fecha 06/04/2009 yo hice pagos parciales en los años 2010,11,2013 (tengo los recibos)que ascienden a: 2.039,05 €/ y no los reconocen. Bien dicho esto el primer paso que di es paralizar el proceso y solicitar justicia gratuita ( abogado y Procurador ) yo estoy casada en Barcelona con régimen de separación de bienes y cobrando subsidio a (430€/)Documentacion a a aportar: 1 movimiento de la cuenta de los ultimos 6 meses. 2: Cert. Empadronamiento colectivo 3: libro de familia 4: permiso de circulación y último recibo del ibi: 5: contrato de trabajo y 6 últimas nominas 6: certificado del INEM en que figura el tiempo concedido, 8: escritura de propiedad del inmueble, 9: DNI, Vida Laboral, certificado de rentas esto tanto de mi esposo como mío. Tengo un hijo que a pesar de estar viviendo aparte sigue empadronado en la vivienda familiar. Pues eh aquí mi pregunta por qué me piden tanta documentación si la deuda solo es mía, ¿podrían embargarle la nómina a mi esposo..?