¡Hola a todos! He abierto otro post para que quede mas claro el tema. Mis abuelos donaron a mi padre una casa y unas tierras. Al morir mi abuelo mi padre arreglo los papeles y mi abuela dono el usufructo a mi padre y mi padre a mi la nula propiedad. Yo tengo una vivienda a mi nombre y al de mi mujer. Si ahora mi abuela o mi padre tuvieran alguna deuda, ¿podrían tirar los bancos o hacienda de mi casa o de mi nómina o simplemente se quedarían con lo donado en el peor de los casos ?. Es decir, si mi abuela como puse en el otro post le reclaman una deuda de 500.000€ o si mi padre dejara de pagar una casa que tiene en propiedad suya. He leído que si es una donación no conlleva que aceptes las cargas o deudas y que no pasa lo mismo con la herencia que si las tienes que aceptar. Otra pregunta que tengo, si yo vendo la donación y percibo dinero de la misma, ¿luego me lo pueden reclamar?. Gracias de antemano.