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¿Pueden despedirte con una demanda de cantidades presentada?

9 Comentarios
 
15/07/2010 17:01
Lo de varios mensajes seguidos en el mismo post es que no puedo editar. Cuando acababa de mandar el mensaje me acordaba de otra cosa. Lo siento. Puede que sea el cansancio. Llevo despierto desde las dos de la madrugada.

El otro mensaje aunque está relacionado es otra cosa distinta.

De todas formas por lo que he visto en este foro, si preguntas muchas cosas en un post generalmente nadie responde. Mas cómodo sería para mí el poner las dos preguntas en el mismo. Tengo que andar siempre buscando por donde anda.

Y no con respecto al correo certificado. Me llamaron y tuve que ir a las oficinas. Firmé las dos cartas de despido y si tengo ahora una en mi poder es que la agarré a la fuerza y con el aviso de llamar a la policía. Decían que ya me la darían cuando me mandaran el finiquito.

Pero a lo que vamos. Desde que mandé mi anterior mensaje he seguido buscando (a parte de hacer mi papeleta de cantidades) y parece ser que es que sí aunque con sus condiciones. Practicamente lo que me contestó Abesan.

La duda principal que tengo ahora es que si puedo presentar dos papeletas de cantidades, una ahora y otra cuando me llegue el finiquito, que segurísimo que me habrán hecho las cuentas con faltas.
15/07/2010 13:43
Sinceramente, creo que si quieres que te ayudemos deberías poner toda la información en un mensaje único, vas dando los datos con cuentagotas y encima tienes otro post abierto y así es muy dificil.
Por otra parte parece evidente que te han dado una finalización de contrato, por lo que deberías ver si está en fraude de ley, en caso contrario, si el contrato realmente finaliza, no habría posibilidad de nulidad, al no ser despido.
En lo de la fecha, creo que si te han mandado la finalización de contrato por correo certificado, el que ponga la fecha 16 en la carta, no influye.
Pero como te digo, la información está muy cuarteada.
SALUDOS.
15/07/2010 08:45
¿Puedo presentar entonces hoy mismo una papeleta de cantidades y cuando reciba el finiquito otro?
15/07/2010 08:42
Je, je. Acabo de descubrir que la carta de despido va con fecha 16. Creo que me han regalado el despido nulo.

Por otro lado veo y copio literalmente:

"Por la presente le comunicamos la próxima extinción de su contrato por llegar a término con fecha 30/7/2010"

Eso qué es, ¿fin de obra?.
15/07/2010 04:30
No me expliqué correctamente, no había presentado todavía mi demanda de cantidades. Me ganaron por la mano. Aunque todavía sigo perteneciendo a la empresa ya tengo el aviso de despido, por lo que por aquí no puedo alegar represalia.

14/07/2010 18:24
No, no llegas tarde, estas en el punto en que te decía. Puedes demandar en base a que el despido es una represalia por haber demandando antes.
En este caso, como te dije, el despido sería nulo y te tendrían que readmitir.
Despedirte te podían despedir, pero tu también puedes demandar.
SALUDOS.
14/07/2010 18:15
Muchas gracias por vuestra ayuda, pero llegué tarde. Ya me han dado la carta de despido. Bueno, la estudiaré y preguntaré una cosilla de ella que me ha mosqueado.
13/07/2010 16:30
Lo que pasa es que puedes denunciar el despido, alegando el derecho de indemnidad y en el caso de que te dieran la razón, el despido sería nulo.
SALUDOS.
13/07/2010 15:56
falso.

Te pueden despedir y la demanda sigue su curso.
¿pueden despedirte con una demanda de cantidades presentada?
13/07/2010 15:05
Me han contado que en el caso que hayas presentado una demanda de cantidades contra la empresa no te pueden despedir hasta la resolución de la demanda, ¿cierto?