Hola,
La empresa me ha mandado un email en el que me dice que necesitan que me tome 3 semanas de vacaciones en agosto del 2 al 22 para ser exactos. Y que el resto de días tal y como se comento en la reunión corporativa a nuestro gusto. Esta norma solo esta impuesta a un grupo de personas(entre ellas yo) el resto de la empresa decide a gusto propio cuando tomarse las vacaciones. Somos una consultora, nunca cerramos , no tenemos mes de productividad pues este depende del cliente que van cambiando. En la reunión anual solamente se nos impuso gastar el 75% de las vacaciones antes de octubre y ahora a modo particular quieren que gaste ese 75% en el mismo periodo.
Puede que el convenio de consultoria acote o diga algo mas sobre las vacaciones.
Lo que no se puede es imponer unilateralemente los dias de vacaciones por ninguna de las dos partes.
Ley de procedimiento laboral:
SECCIÓN I. VACACIONES
Artículo 125.
El procedimiento para la fijación individual o plural de la fecha de disfrute de las vacaciones se regirá por las reglas siguientes:
Cuando la fecha esté precisada en convenio colectivo, o por acuerdo entre el empresario y los representantes de los trabajadores, o hubiera sido fijada unilateralmente por aquél, el trabajador dispondrá de un plazo de veinte días, a partir del en que tuviera conocimiento de dicha fecha, para presentar la demanda en el Juzgado de lo Social.
Cuando no estuviera señalada la fecha de disfrute de las vacaciones, la demanda deberá presentarse, al menos, con dos meses de antelación a la fecha de disfrute pretendida por el trabajador.
Si una vez iniciado el proceso se produjera la fijación de las fechas de disfrute de conformidad con lo previsto en el artículo 38 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, no se interrumpirá la continuación del procedimiento.
Cuando el objeto del debate verse sobre preferencias atribuidas a determinados trabajadores, éstos también deberán ser demandados.
Artículo 126.
El procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente. El acto de la vista habrá de señalarse dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda. La sentencia, que no tendrá recurso, deberá ser dictada en el plazo de tres días.
Gracias por responder tan rápido. No he terminado de entender el texto que me adjuntas, lo que si entendí, es que por eso les puedo demandar, aunque prefiero intentar llegar a un acuerdo pero antes, debo conocer que es legal y que no.
Tenemos convenio de oficinas y despachos de la comunidad de Madrid , las vacaciones solo se tratan en el artículo 22.3 que dice así: “Todo el personal sujeto al presente convenio disfrutara de unas vacaciones anuales de treinta días naturales. Dentro del mes de Enero se confeccionara el calendario de vacaciones del año. Las vacaciones no comenzara en día no laborable salvo pacto individual entre empresario y trabajador.”
Nunca hemos tenido calendario laboral pues siempre se nos ha dicho que podemos irnos en las fechas que queramos siempre que al cliente no le moleste. Las personas que estamos en discrepancia y a las cuales nos quieren obligar somos aquellas que estamos en oficina ya sea trabajando para cliente o en proceso de stran-by. En la reunión anual de empresa en Enero se comento que antes de octubre toda la empresa debía consumir el 75% de nuestras vacaciones. Días después, nos mandaban el correo a los que estamos en oficina.
Entonces, según el artículo 38.2 del estatuto no se pueden imponer unilateralmente con lo que sería ilegal, pero según el artículo 38.3 deben decirme mis vacaciones en enero con lo que sería legal
Las vacaciones tienen que ser de mutuo acuerdo. Por ello, si llega el momento en que el trabajador denuncia, el juez opta casi siempre porque cada parte elija quince días.
De esta forma lo razonable es llegar a esa solución desde un principio.
SALUDOS.
Es que estas equivocada en eso de que deben decirte tus vacaciones en enero.Debeis planificarlas en enero,que es distinto.Ellos no pueden decidir unilateralmente las vacaciones por que es ilegal.
Para todo lo demas estan los juzgados.
Si a ti te interesa haccer las vacaciones antes de octubre,nada,pero sino es asi deberas demandar.Solo tu sabes cuando te interesa hacer las vacaciones.
Saludos.
P.D:acuerdate de finalizar la pregunta en todo expertos.com.
Si entendí bien, eso de confeccionar en el mes de Enero las vacaciones, es por nuestra parte? Con lo que, si yo les paso mis vacaciones y me las deniegan indicándome que debo tomar 3 semanas en agosto (como es el caso) es ilegal. Podría entonces denunciar y que un juez dicte las fechas no? En el caso de denunciar… quien paga todo eso?