Lo que yo opino es lo siguiente:
1.- Las cuotas comunitarias (1000 euros) no satisfechas en el plazo adecuado (mensualmente), tengo claro que son deudas vencidas.
2.- Los gastos de requerimiento previo (40 euros) y los gastos por costas judiciales (500 euros) son deudas vencidas desde la fecha de la sentencia judicial.
3.- Por tanto, para estar al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad, ha de pagar 1450 euros para poder ejercer derecho a voto.
Hola a todos.
Agradecería las aportaciones refererentes a este caso:
Un propietario debe por cuotas 1000 euros, por gastos de requerimiento previo de demanda de morosidad otros 40 euros y, por sentencia judicial, debe pagar a la comunidad 500 euros en concepto de costas judiciales.
En referencia al art. 15.2 de la LPH donde dice "... todas las deudas vencidas con la comunidad...", lo de "todas las deudas" ¿incluye los 40 y los 500 euros mencionados o sólo los 1000 euros en concepto de cuotas?
Gracias