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¿Puede votar el administrador en las reuniones de la junta directiva?

10 Comentarios
 
¿puede votar el administrador en las reuniones de la junta directiva?
19/04/2018 16:56
Pues eso, que mi administrador suele votar sobre todo cuando se ha reunido la Junta Directiva para aprobar presupuestos(fundamentalmente la póliza de seguro que gestiona el administrador a través de su agencia de seguros),
En una Junta General se lo recriminamos los vecinos y un letrado que asesoraba a la Comunidad le dijo :"ya sabes que tú no puedes votar...".
Ya sé que éticamente está muy feo, pero
¿Cuál es el criterio?
19/04/2018 17:00
maat
El administrador puede votar en las juntas únicamente en dos casos:
- cuando es propietario de alguna vivienda o local;
- cuando algún propietario delega en él la representación.
Fuera de estos casos no puede votar
19/04/2018 17:01
Fixin
Me refiero a las reuniones de vocales para aprobar presupuestos.
19/04/2018 19:19
maat
Hasta donde yo se eso es ilegal. En la comunidad solamente pueden votar los propietarios o quienes ellos designen para representarlos. En cualquier caso.

Saludos
20/04/2018 08:58
maat
El administrador, fuera de los casos que le he comentado, NO puede votar.
En ningún tipo de decisión que afecte a la comunidad, ni en la elección de presupuestos ni en ninguna. Sea junta general, extraordinaria o reunión de las llamadas "comisiones de obras".
20/04/2018 15:10
maat
Por aclarar un poco el tema de las "reuniones de vocales".
En algunas comunidades, sobre todo cuando hay varios bloques, portales, etc, es típico nombrar una junta de gobierno (en muchos casos incluso está definido que debe ser así en los estatutos), formada por un propietario por cada portal o bloque, y de entre ellos se elige un presidente y un vicepresidente, y el resto son vocales, Además, está el profesional contratado como secretario-administrador.
Hasta ahí todo correcto.
Pero hay que aclarar dos cosas.
La primera de ellas es que los vocales no suelen tener asignada ninguna misión, salvo la de "apoyo" al presidente, y a veces actuar de interlocutor con los propietarios de su portal/bloque, y realmente debe ser así, ya que no pueden sustituir en sus funciones al presidente.
Y la segunda, relativa a las decisiones que toma la llamada junta de gobierno. Realmente son pocas las decisiones que puede tomar, pues casi todas son competencia de la junta de propietarios, y en esas pocas que pueden ejercer (fecha de convocatoria de la junta anual, elección de presupuestos a presentar para una obra, temas a plantear a los propietarios en la junta, etc.) lo que se suele hacer es "decidir" entre todos, presidente, vicepresidente, vocales y administrador (puede ser una forma de votar). Pero está claro que son decisiones no oficiales y que no se plasman en ningún documento oficial de la comunidad, simplemente el presidente se apoya en el resto de miembros para intentar hacer mejor las cosas para la comunidad, usando esa labor de apoyo de los vocales.
Eso sí, aunque existan estos vocales, es el presidente el que toma las decisiones, aunque como digo, se suela hacer consensuado entre los miembros de la junta de gobierno.

.
20/04/2018 22:36
Pepe123
Gracias por tu aclaracion.
El problema de mi comunidad es que presidente y administrador forman parte de una mafia vecinal..Es largo de contar, da para libro.
El administrador impone las votaciones, el presidente se niega a recoger las cartas que le remitimos los vecinos, los estatutos recogen la existencia de subcomunidades que se niegan a reconocer. Hemos tenido que demandar a la comunidad para que se reconozcan y podamos constituirlas.
A ver si logramos desactivarlos y desmontar su rollo de comisiones y trapicheos.
21/04/2018 18:54
maat
Si un Administrador, vota en representación de algún propietario, estimo que estaría haciendo un uso indebido, de los datos sobre propietarios, que conoce por razón de su cargo.
21/04/2018 20:26
maat
Lo que faltaba de oir,
Que tendra que ver que un administrador sea conocedor del n del D.N.I, o de la cuenta bancaria de un propietario, para hacer un uso indebido si representa a un propietario?

Veremos que nos suelta la proxima vez,
23/04/2018 09:43
Virginia541
Lo curioso Virginia, es que la ley no lo estima así y por eso es perfectamente legal que un administrador pueda ser el representante en junta de un propietario.
24/04/2018 13:34
Pepe123
Hola Pepe 123:

Opino que esas juntas de gobierno no traen mas que problemas e incluso ilegalidades.

Tengo la experiencia de que cuando la junta de gobierno se carga a una junta de propietarios estos pagaran las consecuencias.
La LPH gira al rededor de la junta de propietarios, esta aprueba, desaprueba, elije, remueve, y paga, no se puede demandar a un moroso sin su autorización, etc.

Estoy preparando un informe sobre los problemas que acarrean para una comunidad los triunviratos y tripartitos, en una de mis comunidades en Cataluña, donde por cierto no existen las juntas de gobierno, palabra que no existe en la LPH ni en la Ley 5/2015 en Cataluña, dan lugar al comentario que hace maat autor del tema:

"El problema de mi comunidad es que presidente y administrador forman parte de una mafia vecinal"

Cuando se suprime a las juntas de propietarios, el caos, las mafias y los dictadores campan a sus anchas, tengo intención de derribar ese sistema, que por cierto actúan como si fueran propiedades proindivisas, tan solo en casos muy concretos el articulo 24 de la LPH y el 48 de la Ley 5/2015 en Cataluña pueden con matices autorizarlas, opino que el legislador se contradice cuando dice que la junta de propietarios es el máximo órgano de decisión de una comunidad.

En tu comentario describes correctamente como funcionan, los que entendemos algo del invento sabemos los muchos inconvenientes que tienen, la descentralizacion en las comunidades de propietarios es fundamental, dejar en manos de triunviratos y tripartitos una comunidad, vulnera los derechos, quitan voz y voto, y ocasionan corruptelas y mafias.

Saludos/Juanchito