Necesitará simplemente tu firma para venderlo y que se ponga a nombre del comprador en tráfico. La propiedad depende de si se compró en gananciales o si por el motivo que sea es privativo. Si estás de acuerdo en venderlo por supuesto que lo puede vender, firmas tú lo que toque y ya.
Buenos días tengo un coche que está a nombre mío y estoy separada, tengo una sentencia, pero el vehículo no aparece allí, el vehículo está a nombre mío y el aparece como persona autorizada a conducir, quiero saber si lo puedo vender y no tener perjuicio, repito ESTÁ A NOMBRE MÍO, yo tengo otro vehículo y este me trae gastos que no me puedo permitir
Hola me estoy separando y aun n hay disolucion de gananciales estamos a l espera.yo tengo las llaves del coche que esta a su nombre y se lo ha llevado con una grua.tiene deudas y l urge el dinero.mi pregunta es si puede venderlo sin mi consentimiento? a parte que esta denunciado
estos post me recuerdan el mío de hace meses, con planteamientos similares. No me contestó apenas nadie.¿Será porque el juez me la jugó con la sentencia y claro, qúe me ibais a decir, verdad?
Falsedad en documento mercantil, suplantación de personalidad, enajenación del vehículo sin mi conocimiento... ...
Era menos "arriesgado" insultarme a mí que decirme o insinuarme siquiera lo que era a todas luces evidente,y tiene un nombre feo y es un delito.
Pngalo a nombre de Ud. Si se niega a Ud el pdra tomar posesion del vehiculo y Ud a reclarmar algo que le costara mas dinero que su valor de mercado
Lucidez y suerte
Puedes conducir el coche sin ningun problema (debes llevar en la guantera una autorizacion firmada por el propietario, si te para la policia te la puede pedir), pero en el caso de que suceda algo, te pongan una multa, tengas algun problema con de cuarquier tipo, las autoridades siempre van a ponerse en contacto con el propietario y este tendra que identificar al conductor, por otro lado si el sigue en la documentacion como unico propietario puede venderlo. Yo en vuestro lugar, para quitarme dolores de cabeza haria el cambio de titular.
Realmente cualquier cosa que le ocurra al vehículo, las consecuencias las va a pagar la persona a cuyo nombre esté. Las multas de tráfico vendrá a su nombre etc. No entiendo porqúé no quieres cambiar la titularidad, realmente es lo mejor para los dos. Además sí él quisiera podría incluso quitarte el coche, no? Porque están los dos a su nombre y no lo pusisteis en la liquidación de ganaciales.
Me gustaría qué alguien me ayudará con esta pregunta,y gracias de antemano a todos.
Hace dos años qué me separe,pero en la liquidación de gananciales solo pusimos que teniamos un piso y asi ahorrarnos más gastos.El piso se vendio y se repartio el dinero entre los dos.
Lo qué no se declaro fueron los dos coches qué teniamos,los dos a nombre de mi ex.Yo me quede con uno y el con el otro.
Ahora quiere qué yo cambie la titularidad de ese vehiculo aludiendo,qué si tengo problemas de accidentes u otro tipo,las consecuencias las pagaria él.
Me gustaría saber qué hay de cierto en todo esto y si yo,al ser su ex puedo conducir y tener ese coche a su nombre sin qué ello sea ningún problema?
Hay que distinguir si existe o no disolucion de la sociedad de gananciales, además de sentencia de separación. (si existiera separación de bienes y el vehículo fuera común, el resultado sería el mismo)
Si existe sentencia de separación pero no se han liquidado gananciales lo que se atribuye es la misma es el uso, nunca la propiedad, y de ahí la confusión.
De ello, se desprende que para realizar cualquier acto de transmisión del bién es necesario el consentimiento de ambos cónyuges como bien ganancial que es.
Y ello, con independencia de que Tráfico, que es un órgano administrativo, permita la transmisión de un bien. En cualquier caso, esa transmisión, puede anularse, puesto que se está "sacando"del patrimonio común un bien ganancial, o bien solicitar cuando se realize la división de gananciales, la parte correspondiente del vehículo nuevo, puesto que se pagó en parte con dinero procedente de un bien ganacial.
Si existiera liquidación de gananciales, si se estaría dilucidando la propiedad, pero en cualquier caso sería un bien a ella/ o el adjudicado con el que puede realizar lo que crea conveniente.
Por tanto, hasta que no exista liquidación del régimen legal del matrimonio, la propiedad del bien se puede trasmitir, aunque si el derecho que se le ha atribuido que sería el uso, y aquí entrariamos en un debate distinto respecto a si a una cónyuge se le adjudica el uso de un bien, por entender que la necesariedad del mismo es de mayor embergadura que la de su otro cónyuge, la transmisión del mismo no provocaría una modificación de la sentencia de separación en exte extremo.
Si que se puede poner un vehiculo a nombre de varias personas, en el permiso de circulacion pondra fulanito y otro, si se quiere detallar el nombre de la otra persona figura en la parte de atras del citado permiso (previo pago de una pequeña tasa, si no lo dices en la trajeta solamente aparece "y otro")
Y en el caso de venta supongo que tendran que firmar y autorizar todos los propietarios.
Para las notificaciones de multas e impuestos siempre van a dirigirse al primer titular.
Gracias a tod@s por vuestras respuestas, pero no entiendo enonces, porque cuando lo compramos pudimos poner el nombre de los dos como propietarios. ¿eso significa que a la hoara de la venta , no sirve para nada? la verdad es que no se a nombre de quien esta en trafico, porque los del concesionario tramitaron los papeles.
Y no me acuerdo a nombre de quien estaban los recibos, solo se que pagabamos y punto.
De todos modos gracias una vez mas.
Saludos a tod@s.
Pues yo Orosio entiendo que el que se ha atribuido en convenio regulador la titularidad del bien, yo desde luego no pagaria un impuesto de un bien que ya no es mio, y es mas, si ya no es mio, junto con la adjudicacion solicitaria que se cambiara la titularidad del mismo en el organismo correspondiente, porque es muy bonito adjudicarte algo y que siga a nombre de otro porque cuesta dinero cambiarlo de nombre, luego los problemas te van a ti, que figura en la entidad publica como titular, y buenos son los ayuntamientos con la informatica, que cambias los datos y todavia te estan enviando impuestos un año mas tarde con la titularidad cambiada, imaginate sin acuerdo, yo entiendo que se deberia haber exigido que el vehiculo se cambiara de nombre en su momento, imagina por un momento que te empiezan a llegar multas, aunque se supone que las multas son al conductor no al vehiculo, pero como sean de trafico te las cuelan a ti, y ahi multas ahora por radar cuantiosisimas, yo acabo de pagar una de 210 euros y por 20 k.m. mas, cuando te toca te toca y no te libra nadie de pagar.
Ademas tambien te comentare, que cuando se redacta un convenio regulador, el abogado debe registrar en la camara de la propiedad todo lo que se refiera a bienes, si hay cambios.
Un saludo.
Y el impuesto de circulacion quien lo paga, el que el que figura en la sentencia de separacion como que le corresponde el vehiculo o el que figura como dueño el coche?
Añadir tambien que si os interesa el dato, en Trafico aunque no es habitual, se puede poner un vehiculo a nombre de dos titulares, que en el permiso de circulacion figurara el primero que hayan puesto en trafico, porque no caben los dos o porque solo cogen el primero que figura, pero en Trafico siempre figurara a nombre de dos.
Yo soy un caso, tengo un vehiculo comprado nuevo a nombre de dos personas.
El tema del seguro es secundario, ya que no afecta a la titularidad como propietario del vehiculo.
Y en cuanto a las sentencias, todo lo que quede por escrito en cuanto a quien se adjudica la titularidad de un bien, es tramite posterior a todo lo acontecido anteriormente, con lo cual, es totalmente valido.