Muchas gracias por su opinión. Se lo transmitiré a él, aunque no sé cómo deberá recoger la información, supongo que de no haberlo hecho en cada momento, ahora es difícil ir pasos atrás y que terceras personas ajenas a todo, recuerden si fué el padre o la madre la que acudió. No obstante; que lo mire, en Madrid, según tengo entendido no está regulada la normativa respecto a la custodia compartida.
Un saludo y muchas gracias.
En primer lugar es cierto, y lamentable, lo que reconoce usted cuando manifiesta lo que dijo el abogado. Se trata de una realidad que hace desistir a muchos hombres de luchar, no ya por la custodia compartida, sino por la custodia total. El primer error es, bajo mi punto de vista, aceptar esa situación sin luchar.
En cualquier caso, y ciñéndonos al caso concreto, le voy a decir lo que yo aconsejaría a ese padre, aún reconociendo que no será fácil de conseguir dadas las actuales circunstancias. Se trata mi opinión personal, de lo que yo haría.
Que solicite la custodia compartida, salvo que hubiese motivos que aconsejasen pedir otro tipo de custodia, para lo que recopilaría y presentaría todas las pruebas que acreditasen lo expuesto, con el objetivo de que se le sea reconocido que ya cuida y atiende a sus hijos tanto tiempo o más que la madre.
En este sentido, aunque pueda parecer innecesario, para mí no lo es , incluir la manifestación de su firme voluntad, y capacidad, de poder hacerse cargo de sus hijos durante el tiempo que estén con él.
Finalmente incluir, en la solicitud del cambio de custodia, la necesaria modificación de medidas en relación con pactado en la sentencia de divorcio. Sería algo así como el plan de relaciones familiares que tiene que presentar cada progenitor, cuando no hay acuerdo, según la normativa de algunas comunidades en la que ya esta regulada la custodia compartida.
Hola a todos-as.
Mi duda es la siguiente: En el acuerdo de divorcio, la madre se quedó con la guarda y custodia de los niños, más el piso, pensión y gastos a medias en materia de extraescolares y médicos. Al padre se le adjudicó el régimen de visitas siguiente, fines de semana alternos desde el viernes tarde a domingo tarde y tres días entre semana de duración de cuatro horas/día. Su padre acude a todos los médicos correspondientes a sus hijos, su ex mujer le pide consejo para todo lo relativo a los hijos (eso está bien), quiero decir que él toma la responsabilidad de sus hijos en todos los temas que ocurren, es él que mueve todos los asuntos relativos a ellos y hay semanas alternas en las que los está con ellos todos los días, menos uno. Cuando se divorció su abogado le comentó que no tenía nada que hacer, que su mujer se quedaba con los niños y que no había forma de luchar, que la Ley estaba así y nada más. Su mujer incluso quiere dejarle a los niños días que no están puestos en el convenio regulador, días que son puentes en el colegio pero que no son festivos y él por no tener peleas con ella y que sus hijos no sean una moneda de cambio, lo acepta. Y yo me pregunto... ¿Puede solicitar la custodia compartida? De hecho ya la ejerce. Sólo ha pasado un año desde que se divorció. ¿Necesita más tiempo? ¿En Madrid es factible que un juez cambie lo escrito de mutuo acuerdo por los dos?
Muchas gracias de antemano. Es injusto que una persona se quede con todo, se ocupe lo justo de sus hijos y encima cobre mientras el otro tiene que estar en un piso alquilado, pagando pensión a su mujer, y llevando a sus hijos de aquí para allí todo el día para poder estar con ellos.