Tenemos un local que compramos hace 3 años. Estaba en bruto, lo reformamos y nos gastamos un buen dinerito en la reforma. La reforma se hizo con cargo a una sociedad nuestra y la compra se hizo como particulares. En el registro figura como carga que el local está en un edificio acogido al Plan 18000 del ayuntamiento de Madrid, o de la CAM que no recuerdo ahora...Vendemos ahora el local a un particular y el contenido a una sociedad. ¿Puede el ayuntamiento ejercer un derecho de retracto sobre el local? ¿Los locales en VPO o semi VPO también están afectados como las viviendas?