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¿Puede un extranjero no comunitario volver a España después de contraer una deuda hospitalaria?

4 Comentarios
 
04/08/2015 13:16
OK gracias por las respuestas.

Un saludo
04/08/2015 01:25
los visados, en los Consulados Generales , solo miran antecedentes penales o saciones administrativas del Estado.
Lo demas no figura para nada.
Ademas seguro que ese hospital privado, no habra denunciado y si lo ha hecho ha sido por lo civil pues no puede hacerlo de otra forma.
Salga de dudas pidiendo el visado.
03/08/2015 08:42
Gracias Antoniomajo por la rápida respuesta,

Esta persona vino a España con visado de turista por 3 meses. Debido a un cumulo de circunstancias principalmente problemas psiquiátricos su visado caducó, por lo que el seguro que deben contratar obligatorio para el visado también caducó.

Por ignorancia y falta de previsión mía no me ocupé de al menos sacarle un nuevo seguro aunque su visado estuviera caducado. Otro posterior error me llevó a llevarla de urgencias por una neumonia grave a un hospital privado (el que me quedaba mas cerca de casa) en lugar de a un hospital público, en el que según me informe mas tarde la atención de urgencias es gratuita aun sin tener seguro...

Es una cadena de sucesos y errores que trajo unas consecuencias graves...

Respecto a la obtención de un nuevo visado en estas circunstancias, conoce usted si puede haber algún problema debido a esta deuda pendiente?

Gracias una vez mas.
03/08/2015 01:22
Las deudas sea a un Hospital o a un banco, o empresa, es un proceso civil.
Siempre que no sea por estafa,(que seria penal) no hay problema en que se resida en España.

La entidad a la que se le debe dinero, normalmemnte buscara cuentas bancarias o propiedades del titular, si no las encuentra , no puede hacer nada.
o sea que puede volver en principio tranquilamente si es solo por ese motivo
Ahora bien una vez aca yo intentaria llegar a un acuerdo de pago con ese hospital.
Otra cosa , ud cuando ingreso en urgencia de ese hospital, no tenia ningun tipo de asistencia sanitaria publica?
¿puede un extranjero no comunitario volver a españa después de contraer una deuda hospitalaria?
02/08/2015 18:40
Hola,

mi consulta refiere a la situación y posibilidades de una persona extranjera asiática que vino a España hace 6 meses. Por desgracia tuvo que ser hospitalizada con carácter de urgencia sin tener seguro médico, y por desconocimiento mio acudimos a un hospital que resultó ser privado con lo que tras la hospitalización se reclamó una factura. El total ascendió a 45000 euros (2 semanas en UCI 1 semana en planta). Pagamos 15000 euros inmediatamente a los 4 días cuando el hospital reclamó. El resto fué imposible pagarlo. Desconozco si finalmente hubo demanda por parte del hospital, si que amenazaron en reiteradas ocasiones con ello. La persona regresó a su país antes de que se le citara, notificara o informara mas al respecto.

Las dudas concretas son:

1. Hay alguna manera de saber desde su país de origen (quizás a través de la embajada) de si se presentó demanda o en el caso extremo de si hay sentencia en su contra?

2. Según tengo entendido los hospitales disponen de seguros para cubrir este tipo de casos, o casos mas extremos (por ejemplo que ocurriría si la persona hubiera fallecido, a quien se reclama la factura?). Se puede saber si el hospital recurrió al seguro en lugar de al juzgado?

3. Puede esa persona regresar a España en un plazo corto de tiempo? Se le puede denegar el visado de entrada por que se detecte que tiene alguna demanda pendiente o sentencia en su contra?

4. Dicha demanda o sentencia puede provocar que esté en busca y captura según lo explicado anteriormente?

5. Después de informarme parece que la reclamación del hospital es excesiva. A mi entender deberían quedar por pagar unos 5000 euros aprox. Se puede negociar la deuda a posteriori si no se ha presentado a juicio?

Disculpas anticipadas si he cometido algún error al explicarme y gracias por cualquier opinión al respecto.