Tengo una duda importante sobre la idea de cesión o traspaso, La ley 29/1994 sólo contempla la posibilidad de que el traspaso sea realizado por el arrendatario.
¿Qué ocurre cuando es el propietario del local y del negocio el que quiere traspasarlo? Es decir cobrar un importe por la cesión de todos los enseres y contratar el arrendamiento del local?
No se si en este caso le afectaría otra normativa además de la L.A.U.