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¿Puede tramitarse doble baja laboral?

8 Comentarios
 
¿puede tramitarse doble baja laboral?
01/02/2018 20:48
Hola a todos, estoy pasando por un complejo estado personal.
Bien ,el día 20 de Diciembre 2017 me dan la baja médica por ciática (Tengo 3 hernias discales),trabajaba como mensajero para una empresa de transporte y el 12 de enero sufrí un accidente de tráfico como pasajero y tengo contractura cervical, vértigo,fuertes dolores en hombros,brazos ,cabeza ,cuello, omóplato, además de los dolores que tengo de ciática desde zona lumbar hasta los dedos de los pies,mi pregunta es puede mi médico darme dos bajas laborales por causas distintas,pues la empresa me ha despedido y cobro pago directo de la mutua pero el accidente de tráfico es diferente seguro,bueno estoy hecho un lío y mi médico también.
Si alguien pudiera ayudarme o asesorarme lo agradecería pues estoy yendo a urgencias para ser atendido por el cuello,a mi médico y la Mutua por las discopatia discales.
01/02/2018 21:06
Lucas2018
El accidente ha ocurrido antes o despues del despido?
01/02/2018 21:44
Wolframio85
Me despidieron el día 23 de diciembre,es decir antes del accidente
02/02/2018 00:18
Lucas2018
Si le despidieron antes del accidente como va a darle el médico una baja laboral? Las bajas laborales son cuando por motivos de salud usted no puede desempeñar de forma normal su trabajo. Si no está usted trabajando, exactamente de que trabajo le dan de baja?
02/02/2018 00:36
Wolframio85
Es por ello que como debo llevar a cabo las dolencias del accidente,pues tengo derecho a indemnización,y para ello debo demostrar que estoy de baja y si presento a la mutua una baja laboral conjunta de cuello y espalda entro en un conflicto de intereses pues por un lado la mutua puede decidir que el retraso de mi recuperación es por el accidente y la aseguradora que yo ya estaba en una situación similar.
Cómo se puede tratar un asunto de estás características?
Gracias por vuestra colaboración
02/02/2018 00:46
Lucas2018
Vamos a ver que creo que usted tiene bastante confusión. Son cosas muy diferentes la baja laboral y la indemnización por accidente.

Por un lado, usted no puede demostrar una baja básicamente porque no existe, usted no puede presentar una baja laboral si no está trabajando. El accidente ocurrió 3 semanas después de su despido.

El médico no puede darle una baja cuando usted no está en situación de alta en la seguridad social.

Otra cosa muy diferente es la indemnización por lesiones que paga el seguro del vehiculo culpable del accidente basándose en las lesiones, si ha estado días en el hospital, si por la lesión no puede realizar sus actividades cotidianas, si deja secuelas...
02/02/2018 00:54
Wolframio85
Bien, tengo informe médico del Hospital,y dos informes de urgencias de contractura muscular y el último de cervialgia y vértigos,me mandaron medicación hasta el 8 de febrero,mi pregunta es que si no hay baja para el accidente como demuestro mi mejoría, porque en el seguro me han dicho que vaya mandando los informes pero quien dice es desde el día 12 de enero hasta el día x?
02/02/2018 01:04
Lucas2018
El médico emite una baja médica por incapacidad temporal hasta el día X, día que usted tendrá que volver a consulta para revisión y el médico decidirá si le da el alta o continuará.
02/02/2018 06:48
Wolframio85
Una cosa es el ámbito laboral por su situación cuando estaba trabajando, por ahí si tiene usted baja por IT y otra muy distinta el seguro de accidentes esto ya es con la compañía de seguros, esto pertenece al ámbito del dcho civil y cuando uno sufre un accdte de tráfico con lesiones y acude al hospital, este se encarga de notificar a atestados el accidente con lesiones y luego usted ya tiene un informe del día del accidente por lo que ahora usted sigue con su medico de cabecera y cuando este le de un informe de finalización del tratamiento pues usted lo aporta al seguro y ya resolverá du caso y la indemnización que le corresponde pero esto no tiene nada que ver con una baja laboral.