Consta la comisión de determinados delitos cometidos por el órgano de administración y la mayoría de socios de una mercantil. Se pretende querellar por un socio minoritario, al que han tenido apartado durante años, por delitos de administración desleal, insolvencia punible y apropiación indebida entre otros.
El problema es que las mismas personas que dirigen y controlan la sociedad son los mismos que han cometidos los hechos delictivos, por ello el socio pretende querellar al administrador y al resto de socios, ¿puede hacerlo?
Buenos días, no dudo por la falta de prueba, a lo largo de diez años hay muchos actos que el administrador y los socios han realizado y de lo que tengo documentación que apoya mi denuncia.
La duda venía por la legitimidad activa, ¿el socio es perjudicado economico (responsabilidad civil derivada del delito); pero no es ofendido por el delito (la ofendida es la sociedad, titular del dinero que se han apropiado el administrador y los otros socios.
Por ese motivo hemos empezado a interponer denuncias, en vez de querellas; salvo mejor criterio...