la agencia tributaria ha enviado a mi empresa un comunicado en el cual pide que se pague las deudas contraidas por mi marido a la agencia tributaria sin que este pertenezca a la empresa ni sea socio de ella. Ellos dicen que mi empresa tiene el mismo domicilio social que tenía mi marido, que la actividad es la misma y que la el 70% de la plantilla y trabajadores era la misma que tenía mi marido como autonomo y que algunos de los proveedores tb son los mismos, ¿ Pueden reclamarle a mi empresa el pago de esas deudas sin que mi marido tenga que ver nada con la empresa a la que se le exige el pago?
Paqui:
Lo que alega hacienda es verdad? mismo domicilio, actividad, trabajadores ...
¿de que deudas tributarias se trata? impuesto de activiadades, de sociedades? pues de pende
ya me dices algo...
un saludo
gracias por contestarme Juan G.
las deudas son por no pagar el iva e irpf de trabajadores cuando trabajaba de autonomo ya que hubo una empresa de Gibraltar que dejó de pagarle y se le acomularon trimestres de iva e irpf sin pagar y no pudo hacer frente a la deuda.
mi empresa, a la que ellos reclaman la deuda está a nombre de dos de mis hermano y mio y yo tengo separación de bienes, pero lo hice después de crear la sociedad, no se si eso repercute.
La sociedad, es una sociedad mercantil (SL,SA) o una sociedad civil?
Cuando creasteis la sociedad, hicisteis sobre la base de la antigua actividad de tu marido? Es decir, creasteis una sociedad y el contenido de la misma era equiparable a una continuidad de la actividad de tu marido? Ejemplo tu marido fabricaba zapatos y ahora vosotros os dedicais a fabricar zapatos? Teneis los mismos trabajadores? los mismos clientes, proveedores, etc.....
Y por ultimo cuando dices que hicisteis separación de bienes después de crear la sociedad......
Lo importante aqui, es si tenias separación de bienes antes de que tu marido contrajera las deudas, dado que al ser empresario individual, esto hace que "se juege" su patrimonio familiar para afrontar posibles deudas y demás responsabilidades. Y si en ese momento estaba casado en regimen de gananciales, tú también puedes verte implicada.
Es un asunto muy complejo, ademas de los pocos datos que das, te recomiendo que vayas a un buen abogado mercantilista y a un buen asesor fiscal
Paqui, yo entiendo que con todo lo que has expuesto y lo que te ha preguntado "munitis", desde mi punto de vista creo que la actividad es la misma antes de la muerte de tu marido y aun es mas si dices que incluso tu formas parte del accionariado de la empresa, yo entiendo que al margen de responsabilidades en las personas, existe una continuidad de empresa y por tanto hay una clara responsabilidad tuya y de los socios.
Y con respecto a tus capitulaciones matrimoniales si estan se formalizarón antes de contraer las deudas no existe ninguna responsabilidad y me imagino que tu entrastes a formar parte de la empresa cuando fallecio el. Si es asi solo seran responsable de las deudas contraidas despues, si por el contrario se formalizo la separacion de bienes despues, si puedes tener responsabilidad.