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¿Puede el presidente negarse a darme la factura de arreglo del tejado comunitario?

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43 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 43 comentarios
¿puede el presidente negarse a darme la factura de arreglo del tejado comunitario?
08/07/2021 11:30
Se arreglo el tejado comunitario entre todos los vecinos por falta de mantenimiento y desperfectos en pisos. Yo le pedí al presidente la factura del arreglo del tejado para que mi seguro .El se negó a dármelo porque no esta obligado según el ? Yo creo que como propietario al corriente de pago y arreglos comunitarios esta obligado a dármelo. Algún articulo o norma donde yo se lo pueda exigir? .Gracias
08/07/2021 11:46
He leído varias de sus intervenciones y pierde usted el tiempo. El Presidente no le va a entregar la factura e imagino que el Administrador tampoco (este último porque no tiene obligación de hacerlo y porque no querrá indisponerse con el Presidente).


Lo que debe hacer es demandar a la Comunidad sin celebrar reuniones de ningún tipo. A tal fin, necesitará un informe pericial que refleje los daños, la causa de los mismos y los cuantifique a efectos procesales.


Por último, reclamará la reparación, y en su caso, indemnización de los perjuicios sufridos, pero de todo ello se encargará el abogado que usted contrate al efecto (ya sea el de la Compañía de seguros de su vivienda, u otro -incluso usted puede designar a uno, que deberá pagar su Compañía de Seguros con los límites establecidos en el condicionado de su póliza-).


Le sugiero que centre sus esfuerzos en buscar asesoramiento legal a fin de demandar.
08/07/2021 15:48
DickTurpin
Muchas gracias. Así será pregunto porque no se como va el asunto y mejor que me digan los que saben . Un saludo
19/07/2021 20:13
No me extraña que haya tanta sirvergonzoneria en las Comunidades. YO123 tiene obligación de contribuir a los gastos de mantenimiento del edificio, pero no tiene derecho a que le den factura del arreglo? Muy legal todo. El Presidente no se lo quiere dar y el administrador menos, ¿se tiene que fiar de lo que le digan?. Que ley se está violando por darle la factura? Cuando no se dan explicaciones no se ejerce un control entonces pueden hacer lo que les dé la gana, y seguramente lo estén haciendo.
Le digo a YO123 que si no le dan factura que haga un escrito a la AEAT preguntando el contenido de la factura que no le quieren dar., porque lo mismo no han declarado todo el IVA que les correspondia. Cuando no se quieren dar explicaciones algo huele mal.
19/07/2021 20:52
Existen tres motivos para que a un propietario no le entrege el presidente una factura.
1 las facturas no las tiene el presidente, las tiene el administrador
2 el administrador no tiene obligación alguna de dar documentación a un unico propietario
3 si se desconoce la ley de protección de datos es normal que opinen así
19/07/2021 21:07
Ampudia10
Que no le den la factura no quiere decir que no tenga derecho a ella siendo para que el seguro le pague su parte, además debería hacerse constar en ella cuál es la cuota correspondiente.

Cuestión distinta es que no creo que ningún seguro se haga cargo de la reparación del tejado. Si lo hay, quisiera saber cuál es la compañía para cambiarme.
19/07/2021 23:18
jalisco
Además que no tiene sentido alguno, entregar una factura de un arreglo comunitario, al seguro particular de un propietario
20/07/2021 10:11
El art. 20 LPH refleja la obligación del administrador de rendir cuentas a la comunidad, obligación que es común a la establece el art. 1709 y ss. CC para todo mandatario, en general.

Pero dichas cuentas las rinde ante toda la Junta, no ante un propietario en particular.

Se puede -y debe- pedir la exhibición de una factura concreta, que no su entrega, ya que la factura pertenece a la Comunidad y debe conservarse por la misma aunque sólo sea a efectos fiscales.

La forma de pago de la factura del arreglo del tejado se aprobó, supongo, en un Acta, en Junta convocada al efecto o bien en el orden del día. El recibo de la derrama, si es que se pagó por derrama, es el justificante que refleja el pago que hizo cada propietario. Si se pagó con fondos de la Comunidad -lo habitual es recurrir al fondo de reserva- fue dicha Comunidad quien pagó, y no los comuneros.

Veo poco probable que un seguro reembolse los gastos de reparación de un tejado debido a, cito, "falta de mantenimiento". Lo que sí pudiera ser es que el seguro desee comprobar que se ha reparado el tejado antes de reparar los daños dentro del piso, porque sería inútil repintar el piso si el tejado sigue sin reparar.
20/07/2021 18:15
En caso que YO123, tenga problemas dentro de su vivienda debido a los problemas que pudieran haber ocasionado el mal estado del tejado, su compañía de seguros nunca se haría cargo de dicha reparación, dado que ésta sería a cuenta comunitaria
20/07/2021 20:55
Se supone que su seguro le reembolsaría su parte, de acuerdo con su cuota.
31/08/2021 12:30
El seguro, por falta de mantenimiento, no le va a pagar nunca la reparación del tejado, nunca. Otra cosa es la parte de RC de las obras interiores.
Ahora si, tengo dudas de que el comunero no tenga derecho a las facturas de arreglo, pues si el piso está alquilado la normativa permite desgravarse la parte proporcional de los arreglos comunitarios, con lo cual para justificarlo tiene que tener si o si copia de la factura. Aparte que los datos que aparecen en la factura nada tienen que ocultarse frente a un comunero: los datos de la comunidad son conocidos por todos, son parte de la misma, y un profesional/empresa que realizar un trabajo no veo yo donde está el problema. Como mucho que no salga el número de ccc en la que se hace el abono, el resto son datos públicos.

saludos
31/08/2021 13:07
Cuando se realiza anualmente la declaración de Hacienda, no hay demostrar para nada de forma fehaciente las desgravaciones por obra.
En su casilla correspondiente pondrá la derrama que abonó para el arreglo comunitario, no el inporte total de la factura, por lo cual no le hace falta la factura para realizar la declaración de Hacienda.
31/08/2021 16:42
jalisco
Aplicarte una desgravación sin estar en posesión del justificante es jugarte el tipo ¿Qué haces si Hacienda te pide el justificante, cosa frecuente?, ¿empiezas a discutir con el administrador hasta que te venza el plazo?
31/08/2021 22:26
El gasto que se haga en comunidad será también deducible, si es el propietario el que los asume, pero en ese caso, será el Administrador quien así lo certifique. Ello no le obliga a rendir cuentas individualizadamente.
01/09/2021 10:15
DickTurpin
El certificado que pueda hacer el administrador, si no se acompaña de la correspondiente factura, no tiene validez ninguna ante Hacienda.
01/09/2021 10:56
Eso no es cierto. De hecho, he pasado tropecientas inspecciones en las que Hacienda ha aceptado el certificado sin el soporte documental.
01/09/2021 12:01
No existe mejor certificado que el acta donde se aprueba la derrama?
Y si este es escaso, se presenta el justificante de abono bancario
No es necesario ningún justificante del administrador
01/09/2021 13:55
DickTurpin
Lo que digo es totalmente cierto independientemente de tus personales experiencias. Son muchos, por ejemplo, los que han pretendido justificar su residencia mediante certificado del presidente y/o el administrador y Hacienda se ha pasado el certificado por cierto sitio.
Lo cual no carece de lógica, supongo que no es necesario explicarlo.
03/09/2021 11:41
Reiterio que NO ES CIERTO que el certificado que pueda hacer el administrador, si no se acompaña de la correspondiente factura, no tiene validez ninguna ante Hacienda, porque sí la tiene.


A ello adiciono que, en realidad, todas las inspecciones que he pasado, lo han sido aportando un certificado del administrador, sin aportar las correspondientes facturas que adveran la realidad del contenido de dicho certificado, lo han admitido así, sin requerimiento adicional alguno, y llevo pasando inspecciones de ese tipo desde hace, al menos, 4 años (desde que Hacienda se dedica a comprobar a determinados arrendadores de numerosos componentes, en ese sentido).


El ejemplo que usted plantea en su última intervención, es diferente y no tiene nada que ver con lo que he expuesto anteriormente. Estoy de acuerdo, como usted dice en su ejemplo, en que un certificado emitido por un Administrador de Fincas no justifica por sí solo una residencia, si bien, es un medio de prueba más que hay que adicionar al resto de elementos probatorios dirigidos a probar esta, siendo una cuestión totalmente diferente a la expuesta al principio de este post.
03/09/2021 19:15
DickTurpin
Para empezar, lo que tú llamas inspecciones probablemente sean meras comprobaciones limitadas.
El ejemplo que puse es diferente pero parecido. En todo caso, la ley establece que la justificación de los gastos se hace obligatoriamente mediante facturas, salvo ciertas excepciones tasadas, por ejemplo en los cargos bancarios o primas de seguros.
¿Te imaginas si las empresas pudieran justificar gastos con un certificado de su administrador? Ya dije que esperaba no tener que explicarlo.