Hola, me interesa este caso, si un hijo es mayor de edad y trabaja, cual es la cantidad de dinero que tiene que ganar al mes para poder extinguirle la pension de alimentos?gracias
Mascarcelen, entiendo que vas a solicitar la extinción de la pensión de alimentos del hijo que trabaja. Para ello tendrá que demostrarse que ha conseguido la independencia económica. Si es así, la presentación de tus nóminas, en principio, entiendo que no es necesaria de cara a enfrentarte a este procedimiento. Ya puedes ganar mil millones al año que -así lo dice la ley- si tu hijo alcanza la independencia económica, es decir, puede mantenerse por sí mismo, instando el correspondiente procedimiento de extinción de pensión quedarás eximido de esa obligación.
Otra cosa es que la otra parte, simultáneamente, solicite modificación de medidas para aumentar la pensión del otro hijo aún dependiente; en este caso el juez, a petición de la parte demandante, y a través de la Oficina de Investigación Patrimonial del Juzgado, puede requerir a la Agencia Tributaria para que aporte a la causa tus declaraciones de IRPF de los últimos ejercicios.
En cuanto al "ingreso extra puntual", el juez, en caso de enterarse, valorará si el mismo tiene la suficiente entidad como para considerar que usted ha mejorado considerablemente su fortuna.
dije:..."sustancialmente mejorado su fortuna o ingresos" ni lo mismo del custodio...
quise exponer "... ni lo contrario del custodio, ni las necesidades del hijo a aún alimentar"
No siendo abogado, comento, si procede extinguir la pensión de alimentos de un hijo porque cambiaron sustancialmente sus condiciones (es independientemente económicamente) no implica que hayan cambiado sustancialmente las condiciones del otro hijo como para que proceda una revisión al alza, ni a la baja, de su pensión de alimentos. Que el no custodio "pueda no tener que desembolsar la cantidad del mayor" no implica que haya "sustancialmente mejorado su fortuna o ingresos" ni lo mismo del custodio.
Si no hay otras cambios sustanciales en mejora habitual del no custodio (no un ingreso extra puntual), o deterioro sustancial de los ingresos del custodio, o necesidades del hijo aún a alimentar, no creo que proceda aprobar revisión de pensión.
Consultar con un abogado que disponga de todo el detalle de la situación y conozca la dinámica de sentencias del juzgado y audiencia correspondiente, seguro que podrá orientar adecuadamente.
El que un hijo deje de cobrar la pensión, no significa que el otro empiece a cobrar el doble, es decir la misma pensión para uno solo.
El proceso para cesar esa pensión no tiene nada que ver con sus ingresos, si con los del hijo que se ha emancipado economicamente.
Ampliar la pensión del otro hijo?
Porqué, por que deja de cobrar la ex, un dinero?
Si el hijo es independiente, o no pero gana dinero, se supone que aportará en los gastos que genera.
Otra cosa es que aun cesando la obigatoriedad de pagar esa pensión, el padre siga aportando dinero o ayudando a su hijo en lo que necesite, pero ya directamente al hijo, carnet conducir, idomas, ect, etc.
Nefernefari. Es que planteé el tema mal. Yo tengo claro que el que trabaja perderá la pensión, pero puede la madre en este mismo procedimiento solicitar la ampliación del otro? y por tanto como no tiene datos solitar al Juez que pida certificación a hacienda o mi empresa de lo que he ganado ?
Mascarcelen:
De todos modos, en una peticion de cambio de medidas para la extincion de pension por alimentos, no creo que aunque lo parezca tenga mucho que ver lo que ganas, ya que no se trata de reducirla o aumentarla sino de extinguirla, porque tu hijo ya es economicamente independiente, aqui lo mas importante es aportar documentos suficientes de la independencia economica de tu hijo, aunque el consejo que te da Jhose no esta nada mal, ya que cuando menos sepa que tienes o ganas tu ex mejor para ti, no se le ocurran ideas de cara a gastos extraordinarios.
En un cambio de medidas se aportan documentos.
Puede ser que solo hagan falta las nóminas, eso depende del juez.
Si le piden la declaración de la renta, hable con su empresa y que certifique que esos 20000€, corresponden a un trabajo esporadico y único, que realizó.
Si es correcto no creo que se niegen a emitirles certificados.
¿puede el juez a peticiòn de la otra parte, solicitar a hacienda tu declaración?
Pago 600 € de pensión de alimentos a mis dos hijos. Uno ya trabaja y el otro estudia. Yo hoy gano 1700 € (dedico 700 a hipoteca). Voy a solicitar quitar la pensión al que trabaja. Pero tengo la siguiente duda. Por unos trabajos que realicé para mi empresa en 2006 cobré en la nómina de abril además de mi sueldo 20.000 €, Claro, con la declaración de la Renta presentada en 2007 consta que he ganado netos 40.000€. Pero fue sólo una nómina y desde ese mes hasta este de diciembre de 2007 cobro una media de 1850 €. Voy solicitar la retirada de la pensión aportando las 10 últimas nóminas, ¿Pero qué pasa si la otra parte solicita al Juez que pida a Hacienda mi declaración?. Puede el Juez acceder a esto. Un saludo