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¿ Puede el ayuntamiento cobrarte el IBI sin haberte concedido la licencia de 1ª ocupación?

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      • Tema: ¿ puede el ayuntamiento cobrarte el ibi sin haberte concedido la licencia de 1ª ocupación?
10 Comentarios
 
¿ puede el ayuntamiento cobrarte el ibi sin haberte concedido la licencia de 1ª ocupación?
20/10/2008 12:45
Es lo que quiere hacer el ayuntamiento de mi pueblo con mi casa. ¿ Están en su derecho?
Por otro lado, hay más casos como el mío, es decir, hay vecinos sin licencia de 1ª ocupación, y supuestamente no les están cobrando el IBI. ¿ Estoy en mi derecho de pedir, all ayuntamiento, que me enseñe los recibos de estos vecinos para saber si se lo han cobrado a ellos?
Gracias de antemano.
perfil pac
20/10/2008 20:29
Si no estoy equivocado, para solicitar la licencia 1ª ocupación debe aportarse la declaración catastral de nueva construcción ( mod. 902 ), a partir de la cual se paga el IBI.

Es posible que tus convecinos no la hayan solicitado y por tanto no hayan hecho la declaración catastral ni paguen el IBI, pero no te preocupes, cada cierto tiempo el catastro efectúa su revisión para que nadie pueda eludir el pago del impuesto.

Un saludo.
20/10/2008 21:57
Gracias Pac. Siempre estás al pie del cañón.
Pac, ¿ puedo averiguar si mis convecinos han pagado el impuesto del IBI y puedo presionar al ayuntamiento para que se lo cobren?
perfil pac
21/10/2008 09:12
Puedes probar suerte en el catastro preguntando si están dados de alta.

Si lo están, no te quepa ninguna duda de que pagan el IBI y si no lo hacen estando dados de alta, les embargarán por el importe correspondiente.

Un saludo.
21/10/2008 13:46
Pero PAC, por esa regla de tres quizá no se den de alta nunca. ¿ No?
perfil pac
21/10/2008 17:03
Cuando digo darse de alta o aportar el impreso 902 es para obtener la licencia 1ª ocupación y también como es natural para pagar el IBI.

Pero si no han hecho lo anterior, no te preocupes, el catastro no suele fallar, en anteriores o en la próxima revisión catastral, les habrá dado o, si las construcciones son recientes, les dará de alta de oficio y deberán liquidar el tributo.

Un saludo.
21/10/2008 18:51
Pac, no quiero molestarte más, pero me gustaría que me dieras tu opinión al respecto: En el impuesto del IBI de este año, me han metido casi 200 metros de más por un error catastral ( Lo puedo demostrar). Yo he dicho en el consistorio que antes de abonar la cantidad que me reclaman deben corregir el error. En el ayuntamiento me han dicho que abone la cantidad erronea y que después me abonarían la cantidad cobrada de más. ¿ Me puedo negar a pagar el impuesto del IBI hasta que corrijan el error? Gracias.
perfil pac
21/10/2008 20:48
No, primero pagar y después de corregido el error reclamar el pago indebido.

Pero una cuestión, no lo dejes en el olvido.

Un saludo.
22/10/2008 11:14
Gracias Pac.
22/10/2008 13:22
Pac, estoy aquí de nuevo. He averiguado que el vecino del que sospecho que el ayuntamiento no le ha pasado el recibo del IBI está dado de alta correctamente en el catastro. Quisiera saber si tengo derecho a ver, en el ayuntamiento, la cantidad abonada por mi vecino referente al pago del impuesto del IBI. Tanto del año pasado ( ejercicio de 2006 ) como de este ( ejercicio de 2007).
Sospecho de que hay trato de favor y quisiera averiguarlo.
perfil pac
22/10/2008 14:32
Creo que estás rizando el rizo.

El Ayuntamiento en Pleno aprueba anualmente en las Ordenanzas Fiscales el tipo de gravámen aplicable PARA TODOS los titulares de bienes inmuebles del municipio, según la naturaleza del bién.

No creo que a tí ni a nadie le apliquen un tipo de gravámen diferente, del aprobado en Pleno municipal.

Si quieres, pregunta en la entidad emisora del recibo, viene especificada en él.

Un saludo.