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puede ejercer de presidente un hijo del propietario

6 Comentarios
 
11/04/2011 01:23
En efecto, se ha movido incorrectamente.

El TS viene declarando reiteradamente que dicho nombramiento es NULO DE PLENO DERECHO
09/04/2011 12:20
Es la misma situación jamás debiste ejercer de presidente. Ya esta contestado.

No entiendo porque se ha movido al foro de derecho civil, es claramente un asunto de la LPH, pero sus motivos habrá.

Un saludo,
08/04/2011 23:27
Buenas a todo el mundo
Yo tengo ese problema, mi madre es propietaria es mayor y tiene alzeimer. Yo la represento, me ofrecí hace un año y pico para ser presidenta, porque estoy en paro y yo era la que tenía tiempo.
Pero ahora, hay una serie de problemas gordos en la que me estoy comiendo muchos marrones y la situación me supera.
Quiero dimitir, pero según lo que se dice aqui, en verdad no tendría ni que dimitir ¿no?, en realidad, yo no soy presidenta.
¿Qué hago? ¿le digo a los propietarios simplemente que lo dejo, que legalmente yo no soy propietaria?

gracias
08/04/2011 16:41
Buenas,

Ajustandonos a la ley, tan solo pueden ser presidentes de las comunidades los propietarios y no pueden ser representados ni tan siquiera por otros propietarios, con lo que si el hijo no es propietario no puede ser presidente.

Por otra parte, si no hay voluntarios la ley tambien es clara se realizará por sorteo o turno rotatorio.

En cuanto al padre, tan sólo un juez podrá decidir si los motivos alegados son suficientes para eximirle del cargo, el mismo juez designará al nuevo presidente.

Todo esto viene recogido en la Ley de Propiedad Horizontal art.13.2.

No hay opiniones hay actuaciones legales.

Un saludo,
08/04/2011 16:33
Hola juanillosmar,
lo que yo haría es:

1º.- convocar Asamblea extraordinaria para poner el tema en voz de todos.

2º.- Si no hay solución a las buenas... yo lo pondría en manos del juez y que sea su señoría quien lo resuelva.

Otra solución no le veo, si alguien aporta mejores soluciones, que las diga.

Saludos
08/04/2011 16:33
Aunque tienen obligacion todos los copropietarios de ejercer su cargo cuando les corresponde, estan exentos los que por algun motivo no puedan como es el caso que dices (mayor y enfermo); si el hijo no quiere ostentar el cargo por delegación de su padre, mejor retirarlo ¿quien quiere un presidente que no desea ostentar el cargo y quizá ni vive en la finca?. Para el resto y si no hay motivo que justifique su imposibilidad, es obligatorio
Puede ejercer de presidente un hijo del propietario
08/04/2011 16:10
hola mi pregunta es la siguiente un propietario de la comunidades bastante mayor y esta enfermo, desde hace algunos años nombro a su hijo como representante para asistir a las reuniones de propietarios, en la ultima reunion de propietarios nadie queria hacer de presidente y el se ofrecio dando el vito bueno todos los propietarios ahora de la noche a la mañana no quiere hacerse cargo de este cargo que podemos hacer