Soy nueva en el foro y, en primer lugar, me gustaría felicitaros por la página: una web de lo mejor en lo que a temática jurídica se refiere.
En segundo lugar, quiero plantearos una duda. Desde ya os digo que llevo muy poco tiempo ejerciendo y bueno, os imagináis... Voy bandeando las dudas como puedo, pero no sé por dónde abordar la cuestión que me han planteado.
Mi cliente se ha divorciado de mutuo acuerdo hace unos meses. Ella renunció a la casa, por la que estaban pagando una hipoteca de 450 €, y de ahí en adelante fue su ex marido el que se ocupó del pago íntegro de la cantidad. Ella seguía figurando en la hipoteca y ahora quiere salirse, pero él no está por la labor de firmar, y el banco tiene que estudiar el caso y decidir si la liberan o no.
La cuestión es si ella, que sigue siendo cotitular de la cuenta bancaria junto con su ex, puede desgravar en Hacienda por adquisición de vivienda. Actualmente no paga nada de la hipoteca ni aporta ningún dinero a la cuenta: todo lo aporta su ex marido.
No ha sabido decirme si él ya ha puesto las escrituras a su nombre. Estaban en gananciales.
Yo creo que no lo puede hacer, pero lo cierto es que estoy muy perdida. Os agradecería mucho que me echaseis una mano!! Gracias a todos!!
En primer lugar, son dos conceptos distintos, la titularidad de la vivienda, y el prestamo personal con garantia hipotecaria.
En cuanto a la titularidad de la vivienda. Si el ex ha adquirido el 100% por acuerdo entre las partes, sin mas, se habrá producido una donación de tu cliente hacia su ex y puede inscribir la titularidad en el Registro sin ningún otro requisito.
Si la condición de esa adquisición es hacerse cargo del 100% del prestamo personal, sería una compra-venta, en la que él está reconociendo que "pagará" a ella mediante el aumento de su participación en el prestamo personal hasta alcanzar el 100% de la deuda pendiente, al objeto de que la participación de ella quede saldada. Sería pagarle a ella, asumiendo su deuda. Si no lo hace, entiendo que sería un incumplimiento de acuerdo de compra-venta.
Nota.- Comprobar la situación en el Registro de la Propiedad cuesta 3,50€ y la molestia de acercarse (abren en sabado por la mañana)
Perdon, en cuanto al tema de la desgravación. Entiendo que si no regularizan la situación del prestamo, los dos quedan perjudicados. Ella, porque aunque figure como co-titular, ha cedido esta obligación a un tercero, y por lo tanto no es desgravable. Y él, porque cuando pretenda desgravarse del 100% Hacienda le va a decir que "verdes las han segado". Cuando es para no devolver(el caso de ella), Hacienda siempre está de acuerdo, pero en caso contrario... amigo.
Hasta donde yo se, la desgravacion por las cantidades abonadas en creditos hipotecarios, son para aquells destinadas a la compra de la VIVIENDA HABITUAL.
Si ella renuncio a la vivienda, y por tanto deduzco que no vive ya en ella, no podria desgravar ninguna cantidad, incluso en el hipotetico caso de que abonara parte de ese prestamo.
Otra cosa es que, en la practica, la gente desgrave por segundas viviendas y la AEAT lo admita (me consta que no se revisan todas las declaraciones) hasta que un dia a uno le caiga una inspeccion, y cono ella... se le caiga el pelo
¡¡¡Muchas gracias a los dos!!! Os comento: mi cliente renunció a la vivienda porque su ex había pagado casi la totalidad con el dinero que recibió de una herencia, entonces optaron por compensarse de otra forma, de modo que no puede decirse que haya habido compraventa.
Ella no vive en la casa, está en un piso alquilado, y tiene la custodia de la hija de 3 años que tienen en común, aunque en la práctica es una custodia compartida porque cada uno tiene a la niña un día de la semana y fines de semana alternos.
Lo dicho: me parecía que no podía hacerlo, pero no habría sabido explicarlo con tanta claridad como vosotros. Muchas gracias otra vez!!