Hola, necesito plantear una duda que tengo respecto al contrato de arrendamiento de un local comercial, este contrato esta firmado entre el propietario (arrendador) y el administrador único de una mercantil SL (arrendatario) y resulta que al cabo de dos años este administrador único vende el 80% de la sociedad y se queda como socio minoritario de la sociedad durante un año y finalmente vende su 20%. En cuatro años ya se han realizado dos movimientos de este tipo siempre con nuevos socios.
Y mi pregunta desde la ignorancia es ¿estos movimientos pueden considerarse un traspaso?
Gracias!!