"arrendamiento de un local comercial, este contrato esta firmado entre el propietario (arrendador) y el administrador único de una mercantil SL (arrendatario)".
El arrendatario es la SL no el administrador, que es simplemente el representante de la SL.
El contrato no ha cambiado en esos 4 años, la SL sigue siendo el arrendatario, se simplemente está ha cambiado de socios.
Hola, necesito plantear una duda que tengo respecto al contrato de arrendamiento de un local comercial, este contrato esta firmado entre el propietario (arrendador) y el administrador único de una mercantil SL (arrendatario) y resulta que al cabo de dos años este administrador único vende el 80% de la sociedad y se queda como socio minoritario de la sociedad durante un año y finalmente vende su 20%. En cuatro años ya se han realizado dos movimientos de este tipo siempre con nuevos socios.
Y mi pregunta desde la ignorancia es ¿estos movimientos pueden considerarse un traspaso?
Gracias!!