Me estoy planteando comprar un piso con apoyo económico de mis padres. En estos momentos, por diversos motivos no puedo ir a firmar las arras.
Sería posible que las firmasen ellos, pagasen ellos (como si fueran a comprar ellos, vaya) y luego finalmente comprase yo?
Como ellos me quieren dar un apoyo económico mayor que lo que suponen las arras, económicamente no hay problema. La duda es si nos pueden poner problema a nivel legal y qué deberíamos hacer si se puede hacer esto (papeles y tal).
Que pongan en las arras que sus padres actúan en representación de usted. Normalmente debería venir acompañado de un poder notarial, que exige el notario para la compra, pero siendo un contrato privado basta con una autorización de usted hacia ellos para que le representen en las arras
Y si ellos firmaran unas arras "normales" por decirlo de algún modo, habría manera de arreglarlo después? Que de algún modo ellos me "cedieran" sus arras?
Es que bueno, aún estoy valorando diversos elementos, si el piso no me lo compro yo, lo comprarán ellos a modo de inversión...
Y lo que queremos es firmar las arras ya para que no nos lo quiten.
Pues se podría reflejar una cláusula en la que conste que en caso de que la parte compradora no perfeccione la compraventa en escritura pública, dicha compra la realizaran los representantes de la parte compradora, subrogandose así a su posición.
Hola. Yo soy agente inmobiliario y este caso se ha dado ya algunas veces.
Lo que hacemos es que en el documento de arras, se indica que (en este caso sus padres) tienen autorización para que le representen. Eso sí. Tiene que poner toda la identificación (dni´, domicilio de sus padres) en el documento. No hay nada más, es todo legal. Guarden los documento bancarios donde se refleja la transferencia de las arras, ya que se lo va a pedir el notario.
Es todo legal siempre y cuando se acompañe de dicha autorización. En caso de sus padres seguramente no haya problema por no aportarla pero imaginemos que es un ajeno a la familia o familiar lejano quien le represente. Es que por esa regla de tres, una arras puede firmarla cualquiera representando a cualquiera. Yo recomiendo, por norma, aportar autorización, y en notaria, poder