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Puede anestesiar a mi hija sin mi consentimiento?

3 Comentarios
 
Puede anestesiar a mi hija sin mi consentimiento?
03/03/2010 23:51
Hola. Mi ex mujer y yo estamos en proceso de divorcio y todavía no han salido las medidas provisionales. Aparte de apropiarse de mi hija y no dejarme verla, no me informa de las visitas al médico y me he enterado que dentro de unos días van a hacerle unas pruebas por un problema de salud a mi hija en el especialista, para lo cual tienen que anestesiarla para dormirla por completo, sé que para ello se tiene que dar consentimiento firmado por escrito, puesto que sino el médico no podría anestesiarla. Aparte de que mi mujer no me ha informado, ¿puede dar ella el consentimiento sin consultarme y sin que yo haya firmado nada?
¿Como podría evitarlo y obligarle a que mi informe? puesto que mi hija es muy pequeña, y no he sido informado de los riesgos que entraña anestesiarla y tampoco me ha pedido consentimiento.
Gracias por vuestra ayuda.
Saludos.
04/03/2010 14:23
Hola, Unpadre:

Entiendo que usted en las circunstancias que está no ya sólo ejerce la patria potestad sobre su menor hija sino que sigue ostentando la custodia de la menor. El simple hecho de ostentar la patria potestad, aún sin custodia, amerita el que la otra parte deba informarle y que para todo asunto de especial relevancia, sobre todo en aspectos educativos y sanitarios, sea requerida su autorización.
Sentencia AP Barcelona, Sec. 12.ª, S. 14-2-2003 y sentencia A.P. Madrid Sección 22ª, S. 29-12-2001, entre otras.

Obligar a informarle no se la puede obligar, pero tiene la obligación, y si la incumple ahí deberá estar usted para pedir responsabilidades. ¿Cómo evitar esa actuación? Se puede evitar. Presente escrito oficial, esto implica que debe presentar original y copia y habrán de entregarle la copia con el sello de la institución, fecha, firma del responsable y número de registro de entrada, dirigido a las autoridades sanitarias, mejor al centro que va a practicar esas pruebas, anestesia incluida. En dicho escrito habrá de manifestar su oposición a que su menor hija sea asistida o tratada en todo procedimiento en que sea preceptiva la autorización de quienes ejercen la patria potestad sobre ella sin que figure su consentimiento informado expreso, salvo situaciones de emergencia, con especial referencia a la situación presente. Al mismo tiempo deje constancia de su deseo de ser informado de cualquier acontecimiento significativo sanitario relativo a su menor hija.

Una vez presentado el escrito oficial si el centro practicara esa intervención las responsabilidades que se pudieran derivar de estos hechos no son pecata minuta. En mi pueblo se dice que se les cae el pelo. Personalmente, hace menos de dos meses, paralice todo el proceso a las puertas del quirófano donde iba a ser intervenida mi hija y no solamente me tuvieron que informar tanto la médico anestesista como el cirujano, sino que éste recriminó su comportamiento a mi ex y le comunicó que no iba a realizar la operación sin el consentimiento de este padre por mucha custodia que tuviera la madre. Parte de la legislación sobre la que sustento mis afirmaciones es:

Constitución Española: Art. 22.1, Art. 27.3, Art. 27.7 y otros.

Código Civil: Art. 92, Art. 154, Art. 155, Art. 156, Art. 160, Art. 164 a 170, ambos inclusive

Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (BOE 29.04.1986). Art. 10.

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. (BOE 15.11.2002): Art 4, Art. 5, Art. 18.

Ley de Protección Jurídica del Menor. Ley Orgánica 1/1996: Art. 3, Art. 9.

Código Penal: Art. 24, Art. 404, Art. 511, Art. 512, entre otros.

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Art. 14, Art. 15, Art. 16, Art. 17, Art. 18, Art. 19, Art. 43, Art. 44, Art. 45 y otros según el caso.

Por lo que respecta a su proceso de divorcio tenga en cuenta esta recomendación: Sea actor y guionista de su propio divorcio, no deje que otros escriban el guión por usted, tiene todo el derecho del mundo. De entrada, como buen comienzo, dadas las circunstancias, haga que conste en las estipulaciones del convenio la obligación de informar por parte del custodio y requerir el consentimiento del no custodio para todos aquellos aspectos relevantes en la vida de la menor. De esta manera no informarle y no solicitar su consentimiento se convierte automáticamente en un incumplimiento de sentencia judicial. Con excepción de que usted decida solicitar la custodia de su hija a lo cual también tiene todo el derecho.

Por lo que respecta al escrito le puedo remitir unos modelos standard que puede que le sirvan para la elaboración del suyo con muy pocos cambios, así como las referencias legales, con sus contenidos, que los sustentan. Mi e-mail es aitz_mendi@yahoo.es


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
05/03/2010 00:48
Creo que deberia poner en conocimiento por escrito al hospital donde van a realizar la prueba de su hija que no autoriza la misma hasta que le den la información como padre y entonces ya decidirá.

Que su abogado solicite por escrito al juzgado que se requiera a su ex para que en lo sucesivo informe de cualquier novedad respecto a la salud de su hija y que en cualquier caso, necesitará su autorización como padre para las pruebas y tratamientos que necesite fuera de lo estrictamente normal dentro de su edad.
05/03/2010 12:24
Muchas gracias a los dos. Emigrante, le he enviado un email, cuando usted pueda, si no es mucha molestia, agradecería que me enviase esos modelos para poder mandarle ese escrito al hospital, y para próximos inconvenientes que me encuentre, puesto que las perspectivas que hay me indican que no serán pocos.
Saludos.