La clave está en el texto que colgó Justa. Teniendo en cuenta que es la visión de la Agpd.
Fuera de los supuestos previstos en la LPH y la propia habilitación que confiera la Junta General, tampoco está garantizada la sanción. Recomiendo releer la intervención de Justa del 9.2.06.
En mi personalisima opinión la sanción, de existir (no niego en redondo que pudiera existir), debería ser leve.
JMP. La sanción no está en absoluto garantizada si se realizan las notificaciones del modo que apunté.
007. No digo lo contrario. A cada cual lo suyo. Los propietarios tienen la posibilidad de impugnar judicialmente los acuerdos comunitarios en determinados casos al igual que la Comunidad tiene la posibilidad de reclamar judicialmente el pago de las cuotas vencidas.
De lo que en absoluto se trata es de hacer apología del propietario moroso y mucho menos justificar las razones de su conducta.
Damaot. Leí el artículo que refieres pero no creo que tenga nada que ver con la Ley de Propiedad Horizontal. La cuestión apuntaba más a la necesidad de una auténtica profesionalización del sector que a las carencias de la Ley. Por otra parte en el fondo el hecho que motiva la mayoría de las denuncias es el aumento de los precios de los servicios a las Comunidades (aunque lo que se denuncia es el aumento presupuestario o el gasto). Sin embargo no es del todo claro que sea responsabilidad de los Administradores dicho aumento. Cierto es que los servicios han subido. Y también el pan o el café o la vivienda. No lo calificaría como robo. Por otra parte se trata de un artículo de opinión. Hay cosas que comparto y otras, no. De todos modos el tema es interesante.
PD. Para ser alma de algo, hay que participar mucho y ni es mi caso ni me siento así.
¿Que tipo de infraccion seria la publicacion de los morosos leve, grave o muy grave?. Un saludo. PvD.
p.d.: al igual que he preguntado que quien tiene mas peso los derechos o los deberes, quien tiene mas peso los derechos de los propietarios o las obligaciones de las comunidades.
DickTurpin :
"Ya es el colmo que encima de trasgresores, los morosos tengan la posibilidad de denunciar a la Comunidad por señalarles con el dedo. "
Te recuerdo que las comunidades también transgreden, y las reclamaciones de los propietarios se las pasan por el (palabra eliminada por incumplir las NORMAS DE PARTICIPACIÓN de Pórtico Legal).
Los vecinos, voluntariamente NÓ se hacen préstamos; es el que administra quien se encarga de todo. En mí entorno se dice, se comenta, se sospecha que cuando alguna Comunidad tiene gastos imprevistos y/o muy elevados (costas del Juicio, y multas, por el mal hacer del administrador), y, para que los comuneros NÓ se entere de sopetón, “toman prestao” dinero de otras Comunidades con mejor saldo, Y pienso yo (soy muy mal pensada) que no se enteran. Luego en la Junta (prestamista) se aprueban las cuentas y, ¡¡Santa Rita…..Si aparece un díscolo que se da cuenta pues el error se subsana y si NÓ. Pues eso.
En mi barrio, Las comunidades no tenemos Cuenta Bancaria. Todo se ingresa en la Cuenta de la Empresa Administradora; lógicamente, solo ellos sacar dinero. Es su Cuenta. Los presidentes no están autorizados, para evitar posibles apropiaciones indebidas, en estos menesteres, ellos (admin.) tiene la exclusiva.
Conté una vez que, una buena “vecina”, interesada en la instalación del ascensor, donó 6,000 € con ese fin. En marzo hizo el ingreso en “esa cuenta” Pero en la NOTA de gtos de marzo NÓ aparecieron, y en la Junta general (junio) El administrador dijo (consta en Acta) que el saldo era de 10.000 6000 € (donación). Porqué NÓ dijo que el saldo era de 16.000 €?. Posiblemente algún comunero le preguntó por la pasta y él lo aclaró, y entonces los 6.000 quedan reflejados en la NOTA de junio. Pasa que en los CUENTAS ANUALES ya NÓ aparecen y mira que los he buscao. ¡Andeandarán!.
Esto, también va incluido en mi 2ª demanda.
Saludos.
PD. Me pregunto de ande van a sacar para sufragar los gastos de mis demandas. La Cuenta comunitaria está TITIRITANDO.
A los Jueces NÓ les gustan los morosos, ni los “tardíos” (demandas de impugnación fuera de plazo); pero hay otros que tampoco. ¿Adivinas?. PueSÍ: Los presidentes ILEGITIMOS. No he visto ninguna sentencia en la que el Juez de la razón a un presidente NÓ propietario (haberlas, pude, haylas, yo no las he visto, ¡ojo!). El moroso debería haber esperado a que le demandaran, pero su abogado también debería haberla aconsejado, que ya puestos a pagar, lo hubiera hecho un día antes ¡¡LECHES!!. Ó haber presentado la demanda un día después. Claro que lo mismo por ese día después hubiera estado fuera de plazo (por un día).
Hola lexis. Te imaginas que el moroso hace cuentas con su administrador y éste le dice que las 10.000 p….. pesetas (60,10 €) fue un error subsanable pero que NÓ se preocupe que lo va a subsanar?.
Hola emani. Totalmente de acuerdo contigo. El problema es, si después del sablazo (costas) le quedan ganas.
Ya puestos: que pasaría si se demostrara que el moroso, resultara que no lo fuese?.
¡¡Hay que vé las 10.000 p…. ptas. lo que dan de SÍ, las muy p....
Sobre mi intervencion de 10/02/2006, les puedo asegurar, que conozco propietarios de mi Comunidad, que al recibir la convocatoria y figurar en la lista de morosos, han intentado, antes de la fecha de la Junta, que el Administrador les aclare a que mensualidades corresponde su deuda (segun el propietario tiene ingresado todos los meses), si recibir respuesta. Despues curiosamente, a los tres meses de la Junta, resulta que el propietario tenia razon y no era moroso.
Aunque les parezca increible, esta es una de tantas artimañas de los Administradores y Presidentes, para eliminar de antemano muchos posibles votos en contra.
El juez, muy sabio él, ha comprobado que la "inmaculada Comunidad de Propietarios" se ve "desnutrida" económicamente, sin conocer los manejes del porqué, , que és todo lo que importa y a todos los efectos y "palo", como a cualquier raterillo, así nunca se equivoca;
El juez lo que ha tenido en cuenta ha sido que el demandante es o era moroso. No creo que entrara en la legitimidad o ilegitimidad del presidente.
Puede liquidar la deuda y volver a impugnar, pero eso no quiere decir que la sentencia sea favorable.
Maria Rosa, muy interesante lo último que has puesto de las 10.000 pu ... pesetas. Pero ahí se equivocó el demandante. Lo que tenía que haber hecho en vez d eimpugnar es coger, no pagar nada desde ese momento y a esperar a que el "presi ilegitimo" le demandase, y en ese momento haber aducido la falta de legitimidad activa, con lo que se hubiese reído un buen rato.
Te agradezco la aclaración. Dices: “Y cuando dije que estaba con RA07, se entiende que me refiero a las respuestas que da sobre este tema”, pero NÓ entiendo el porqué de la aclaración, cada cual es muy libre de estar con quien quiera. De todas formas, si quieres que NO pensemos lo que tú no quieres que pensemos, en lugar de decir que “están con…..” puedes decir: estoy DE ACUERDO con…..
Un saludo. Otro a Lady-Lorea. (¿SÍ?, ¿NÓ?).
PD. Es cierto nos estamos apartando del tema. Estoy mirando sentencias y no encuentro ninguna que tenga que ver con el Tema en cuanto a lo de: ¡¡morosos al tablón!!, pero es cierto que a los Jueces NÓ les gustan MOROSOS, y salvo que la mora (¿está bien dicho, “mora”?) sea debida a la mal aplicación de las cuotas de participación (mí caso), NÓ admiten la demanda; aunque se pague un día después de presentarla (la demanda), esto es un gravísimo error del letrado. Tampoco les gusta que la demanda esté presentada fuera de plazo, aunque sea por un solo día. Esto le encanta a mi administrador, conmigo lo ha intentado; es la mejor arma que tienen para que las demandas por muy contrarias que sean a la Ley NÓ prosperen.
He visto una sentencia en la que sólo se impugna la ilegitimidad del presidente (acuerdo nulo de pleno derecho) que no prosperó porque el demandante era moroso por 10.000 pu…, pesetas. Esto también es un gravísimo error del letrado. Creo.
He comentado a veces que opinamos en el foro con conocimiento parcial y sesgado de los asuntos expuestos.
Que nos ciñamos a la Ley, como en el caso del ascensor de Maria Rosa, no quiere decir que no tengamos nuestra propia opinión, ni que en un momento dado podamos analizar otras posturas de nuestros interlocutores.
Finalmente, Damaot, las respuestas que colgamos aqui son calificables, así que eres libre de tildar las mías como "fuera de tono". Nunca ha sido mi intención.
Y tiene razón quien dice que empezamos con limones y acabamos con melones. Nos desviamos del asunto y entramos en filosofía.
Maria Rosa, entré en este foro hace poco y como "Un visitante", nick con el cual tuve algunas intervenciones sobre temas que me interesaron.
Sin embargo, tardé algo en registrarme al encontrar algunas opiniones tan fuera de contexto, que no lo creí un foro muy serio o práctico.
No soy nadie que hubiera estado antes aqui, de hecho hace muy poco que intervenia en otro foro, en el cual alguien mentó esta dirección, y decidi entrar a conocerlo.
En el otro foro se copió alguna respuesta de Justa Valcarce, por lo que ya tenia alguna referencia de ella.
La pregunta inicial es como se le debe tratar a un señor que debe dinero
mi respuesta es quienes le tratan asi y porque le tratan asi..
Y las respuestas de ra07, casi todas fuera de tono.
A ver si María Rosa y Damaot se ciñen a la pregunta del principio que con su actitud nos está desviando del tema.
Y cuando dije que estaba con RA07, se entiende que me refiero a las respuestas que da sobre este tema.
En especial para Jade; sin acritud.
Vamos a ver, he elegido al azar tu largo texto del 9.2 ; tengo entendido que eres una sra/sta y si me equivoco, por favor me corriges,
Después de haber sacado mis primeras conclusiones, me haces pensar que te estás divirtiendo de lo lindo con las intervenciones de unos y las excelencias de unos pocos; sinceramente creo que eres poco afortunado/a al plasmar aquí determinados pensamientos como éste por ejemplo:
“nuevamente vuelvo a observar la enorme capacidad que existe de opinar por el gañote .Excepto Rao7 y Dick, que son los UNICOS que han dicho algo con la regulación legal...... ¡CUÁNTO SABES!
Pero ¿es que no te das “cuen” que supone eso¿ ¿Por qué no les pides que hagan una separata contigo y os entendéis mejor¿.? Y dejáis al pelotón de los torpes de este foro¿
Luego me sorprendes con una nueva expresión que lo echas todo a rodar..ejemplo.
“Yo no tengo la paciencia del señor Turpin, que pese a tener la razón, contesta con esa flema británica y MUCHAS ‘?’ cosas que me SACAN DE QUICIO???incluso él cuando contesta siempre tan EDUCADITO???sin perder la paciencia. Será que no tiene sangre en las venas???... ¿en qué quedamos¿.(no entiendo ?que te saca de quicio¿)
Yo te daré mi opinión sobre Dick Turpin .Aunque me tropiezo con él con frecuencia, no deja de ser el alma de éste foro con sus actuaciones, con su madurez intelectual que en ésta materia le distingue.. El hecho de que él ama su profesión y se conoce al dedillo todos los resortes de la ley, no quita para que se le advierta y él lo admite, cuando se tocan temas de la ley que dejan mucho que desear y no hay que se expresamente jurísta para aportar esta opinión. Recordar al respecto la reseña que en este mismo espacio he hecho sobre la publicación de un diario Alicantino, a cuyo texto, casi nadie ha hecho comentario. Aquí, en forma colectiva se protesta que los fallos y los defectos de la ley está llevándonos de nuestros bolsillos cantidades ingentes de dinero y los que actúan así, para mi , eso, es R O B A R; en los calabozos no tenían que estar solo los raterillos.
Hola, entiendo que la ley esta para cumplirla y en teoria para que todos vivamos en paz pero creo que tener fe ciega en ella es totalmente incorrecto que la solucion a todos nuestros problemas esta en la aplicacion de esta es totalmente erroneo cuando muchas veces las cosas se solucionan simplemente dialogando y razonando es mas como podemos tener fe ciega cuando la ley esta llena de contradicciones, cuando esta llena de leyes injusticias que en muchas ocasiones favorecen al mas fuerte. Por mi trabajo en el cual en ciertas ocasiones tengo que impartir justicia(aunque no sea juez pero tengo que impartirla) os puedo decir que muchas veces las cosas se solucionan sin impartir castigo alguno y sin aplicar ley alguna simplemente con logica y sentido comun. Un saludo. PvD.
p.d.: Como podeis decir que la via mas correcta es la aplicacion de la ley cuando antaño existia la mitica ley de vagos y maleantes con la cual el regimen la usaba para detener a una persona cuando no tenia prueba de delito alguno.
Te parece bien que la Comunidad y yo estemos en pleitos porque el secretario-administrador, en contra de lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal, pretendía que yo (no utilizo el ascensor) pagase el doble?. Por este motivo soy morosa y seguiré siendo, hasta que el Juez dictamine que es lo que tengo que pagar según Ley.
PD. Yo no quiero que mi piso se revalorice. No pienso venderlo. Simplemente quiero que me dejen vivir en paz con lo poquito que tengo. Mientras NÓ me lo quiten.
Saludos.