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publicacion de morosos

86 Comentarios
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09/02/2006 11:55
Y más. si el propietario-moroso estuviera "missing" (imposible notificación, art 9 h. p.2 LPH), le podré notificar mediante anuncio en el tablón diciendo que es un moroso y que pague.
09/02/2006 10:27
Vuelvo al principio.

Estais muy seguros de que no se puede publicar el listado de morosos en el tablón. Pongamos que sea así.

Supongo que nada impide que cuelgue en el tablón de anuncios la convocatoria de Junta. Y como en la convocatoria estoy obligado a poner relación de morosos... !Tan ta ta chan...!. Aparece el moroso en el tablón ( que es lo que le duelo y lo que realmente le hace pagar). No me digais que es fraude le ley, abuso de derecho o similares.
09/02/2006 09:53
El recargo de 20%, ¿fue acordado en Junta?.
¿A partir de cuando se aplica en caso de impago?.
¿Se aplica a toda la deuda acumulada, o a cada mes impagado?.
09/02/2006 09:46
Hola:

Vistos los hechos...

¿A qué espera el de las goteras para reunir pruebas (documentos y notificaciones fehacientes), buscar abogado y demandar a la comunidad?

Serían demandables Daños y perjuicios por elemento común, penalización improcedente y Ley de protección de Datos...

Saludos.

09/02/2006 08:13
Maria Rosa, tranquila chiquilla, no te precipites, lee con calma lo que dice cada uno. Si me estás diciendo lo mismo que expuse yo.
Te entrecomillo mi opinión, vertida varios mensajes más arriba: "lo primero, pagar, por supuesto. Y cuando no pague (por las razones que sean), que la comunidad decida cómo actuar, pero sin rebasar los límites de las leyes y normas".
09/02/2006 05:34
He cometido un error, no son 720 meses solo son 72, entonces queda así:

Si hubiera perdido el juicio hubiera tenido que pagar 116.800.000 ptas. (CIENTO DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTAS MIL PESETAS), pero como ha ganado solamente pagará 58.400.000 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTAS MIL PESETAS) ¡¡Uf, que susto me había pegado!!.
09/02/2006 04:54
Pulsedriver.
Supongamos que un moroso, en tú Comunidad, lo sea por 1.6 millones de ptas. (instalación del ascensor). Demanda y el Juez le da la razón y sólo tiene que pagar 800.000 (lo que le corresponde según su coeficiente). Quieres decir que teniendo razón va a tener que pagar a la Comunidad el 20% de 800.000 multiplicado por 720 (meses) que es lo que dura el juicio? (supremo). Es decir 800.000 más 86.400.000 de penalización total 87.200.000 ptas. pues menos mal que ha ganado el juicio, sino hubiera tenido que pagar 175.400.000 (CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTAS MIL PESETAS). ¡NÓ les parece un poco caro?. Y ¿que va hacer el secretario-administrador con tanto dinero?. ¡¡Seguro que se va con curro!! (el del cupón de la ONCE).

Saludos.
09/02/2006 04:02
Lexis. Sería muy buena idea que al moroso (vecino de pulsedri…) le mandaran un comunicado indicándole la deuda y dándole un plazo para que pague y si NÓ ¡al tablón!, y luego el moroso le mandara otro comunicado al presidente ó secretario-administrador dándole otro plazo para que le arreglen la gotera y sí no ¡NÓ pago!. Y entonces a quien corresponda, que le arregle la gotera; ya veríais cómo el moroso dejaba de serlo. Se evitarían papeleos, demandas, y otros gastos superfluos, que en definitiva pagarían entre todos.

Porqué se empeñan en decirle al comunero que tiene obligaciones, y NÓ se le hace caso cuando reclama sus derechos? (que le quiten las goteras ¡¡LECHES!!).

Fulvio. Lo que deben hacer los presidentes y administradores es quitar las goteras del moroso y verás como los morosos dejan de quejarse tanto y pagan.

Salva. Que un moroso (lo es porque no le quitan las goteras ¡ojo!) sea un ilegal, NÓ justifica que la Comunidad cometa otra ilegalidad (publicación en el tabón lista morosos).
Pulserdriver. Quieres decir que un moroso que lo sea durante 3 años que es lo que dura una demanda, ha de pagar un 620% de la deuda? ¿Esto está aprobado por unanimidad?

Suponiendo que el moroso lo sea por haber modificado su cuota de participación (No estaría obligado a pagar ni a consignar) le devolverían ese 620% más el 20%? ó Santa Rita Rita, lo que se da no se quita.

Saludos. Otro para Lorea.



08/02/2006 23:16
El 20% de recargo por el impago de una cuota, pero esta cuota la pago al mes de realizar la junta pero se le ha aplicado igualmente el recargo. El 20% se supone que es para la comunidad como sancion por no estar al corriente de los pagos es decir que si debe a la comunidad 100€ le tocaria pagar 120€ 100 de cuota y 20 de recargo. Un saludo y gracias. PvD.
08/02/2006 23:04
Pulsed.....
El 20% en concepto de que. Y para quien?
08/02/2006 20:54
Tiene que demandar a la comunidad.
El recargo del 20 % es ilegal y arbitrario.

En las comunidades que participo la relación de morosos se hace por piso y fecha.
Evitando nombres se evitan discusiones inútiles.

Además un piso suele ser un proindiviso y en caso de matrimonio habría que poner el nombre de los dos.
O puede ser otro el titular, o haber cambiado.
08/02/2006 19:23
Hola, no es que este señor sea tonto sino que su problema es que ha tratado en cierto modo de ir a buenas y ha evitado meterse en temas judiciales por eso a modo de presion elegio esta opcion puesto que es una persona que piensa que de una manera u otra todos salimos perdiendo cuando hay juicios por medio pero el problema es que la situacion al parecer esta llegando a un punto insostenible y por eso me pidio ayuda. Un saludo. PvD.
08/02/2006 19:10
Pulse, nadie obliga a ser moroso. Ese Sr. tiene otros medios para reclamar su derecho. En cuanto a la publicación de la lista de morosos con nombre y apellidos, entiendo que va en contra de la Ley de Protección de Datos, no así la publicación de la lista con número de piso y cantidad adeudada (estoy con Lexis).

Ni la reclamación de un derecho legítimo, ni la salvaguarda del derecho a la intimidad, pueden servir de excusa para dejar de atender una obligación comunal fundamental.

Saludos
08/02/2006 18:23
Perdone, pero me parece que ese señor es tonto. Se paga, pero se prepara una demanda. Primero acumular pruebas de los daños y de que han sido reclamados. Y despues a reclamar. Pero no tiene nada que ver con lo lo de pagar o no pagar los gastos de comunidad.
08/02/2006 18:01
Hola y nuevamente gracias por vuestras respuestas. Señor Fulvio yo al igual que usted pienso que todos los morosos deben pagar y mas en esta comunidad que hay unos cuantos pero el tema en question es el siguiente. En mi comunidad hay un propietario que me ha pedido si puedo ayudarle en el siguiente tema debido a que no soy experto en leyes pero tengo un muy poco de idea. El problema de este propietario es que le han obligado a ser moroso, es una persona que siempre paga puntualmente. En el piso de esta persona aparecio una mancha en el techo del cuarto de baño y justamente donde esta la mancha hay una bajante. En un principio la mancha era ridicula pero fue creciendo hasta ocupar todo el techo del cuarto de baño y incluso ha comenzado a caerse la pintura del techo. Este señor comunica esto al presidente y al administrador los cuales durante 6 meses estos no han prestado el mas minimo interes. Este señor puesto que no han mostrado ninguna preocupacion en atender sus derechos comunica al administrador que no piensa pagar el recibo del semestre hasta que no se repare dicha averia la cual a dias de hoy esta sin repara. El administrador simplemente alega que si no paga se le aplicara un 20% de recargo el cual se le ha aplicado. Este señor a dias de hoy tiene al corriente todos los pagos menos el 20% de recargo que no esta dispuesto a pagar puesto que no se ha prestado el mas minimo interes en su problema sino que encima han publicado tanto en actas como en el portal un listado donde este señor aparece como moroso cuando esta al corriente de todos los pagos. He decidido apoyar a este propietario debido a que al igual que ha todos me gustaria que en caso de tener una averia de la que fuese responsable la comunidad a mi tambien me gustaria que se me reparara y que no escurrieran el bulto. Creo que tratar a este señor de moroso es totalmente injusto puesto que lo han forzado a ser moroso es mas creo que este señor en ningun momento ha sido moroso puesto que nunca han habido intencion de no pagar pero se ha visto obligado a utilizar este metodo como presion. Un saludo. PvD.
08/02/2006 16:34
Vaya, me encantaría ser uno de los morosos de esa comunidad para ir con el Ilustrísimo Señor Notario a levantar Acta de lo del portal.

Y responsables Penales son el Presidente y el Secretario, pero civiles el reto de los comuneros o copropietarios, como prefieran Uds llamarles.
08/02/2006 13:11
Quizas una buena solucion, que deberia haber previsto la LPH, seria que, antes de que se remita la lista de morosos junto con la convocatoria (como exige la ley), se le haga una comunicacion al propietario indicandole la deuda y dandole un plazo, advirtiendole que caso de no regularizar su situacion, se le incluira en dicha lista.
08/02/2006 13:08
Saludos a todos. 2 cosas:

1. La Ley de Protección de Datos lo que no debe ser es un "escape" para la morosidad. No anula la LPH que expresamente obliga a nombrar a los morosos en la convocatoria de Junta.

2. ¿Estais seguros de que no se puede poner el listado de morosos en el tablón de anuncios ?
Si no se puede tampoco serviría como dice lexis poner solo el piso, ya que esa información puede asociarse a persona concreta (Art 3. f. LPD)
08/02/2006 12:33
No seas tan duro, Fulvio, que hay gente que lo pasa realmente mal.
Pero yendo al grano: lo primero, pagar, por supuesto. Y cuando no pague (por las razones que sean), que la comunidad decida cómo actuar, pero sin rebasar los límites de las leyes y normas.
08/02/2006 12:17
Salva: Un error bancario puede solucionarse rápidamente. En cuanto a no llegar a fin de mes pueden haber varias circustancias, entre otras vivir por encima de los medios económicos reales.