Recientemente he tenido una lesión en el trabajo, y tras ser atendido inicialmente en la mutua, me han pedido unas pruebas médicas específicas para conocer la causa de la lesión.
Para poder realizar estas pruebas me tengo que desplazar a otra ciudad y me han citado en un horario fuera de mi jornada laboral, he solicitado a la empresa la compensación del tiempo que me lleven estas pruebas y me lo han denegado alegando que no tengo derecho a compensación puesto que no lo consideran como tiempo de trabajo.
Es esto cierto????
La empresa en la que trabajo tiene convenio propio y como no regula estos aspectos, los remite al convenio textil estatal.
Vamos por partes
Primero,no tienes ninguna obligación de someterte a esa prueba,si te conviene,vas,si no,no vas.
si vas,el tiempo empleado y los gastos ocasionados han de serte abonados.
Ya sería estupendo si pudiera saber en que ley o real decreto se especifica el abono del tiempo y gastos, ya que mucho me temo que tendré que denunciar.
Ojo, eso de que no existe obligación no lo tengo yo tan claro... entiendo por lo que dice que no está cobrando prestación, pero si fuese el caso, le podrían retirar o suspender el cobro por negarse a revisión.
Y en cuanto al tema de compensar, si, podrá solicitar la compensación económica por el desplazamiento, pero no a la empresa, si no a la mutua que es la que le solicita que acuda a la revisión.
y digo yo, no sería más fácil llamar tú a la mutua y decirles que en ese horario no puedes ir y que te lo cambien a uno dentro del horario de jornada laboral ?? En teoría no pueden negarse y, si lo hacen, preguntales los motivos. en todas las empresas estas pruebas se realizan dentro del horario laboral, es muy raro esto que aquí comentas. ¿ Una prueba fuera del horario laboral ??? raro, raro.
ainase, esta usted muy equivocad@, es mas común de lo que a usted le parece, de hecho en sectores como el de la Seg. Privada se realizan siempre fuera de la jornada de trabajo, generalmente en días en los que el trabajador esta de descanso, luego se les retribuye como HE.
En cuanto a lo de que son retribuidos viene recogido en la propia LPRL en el art. sobre vigilancia de la salud.
SMO
Jampreve, tendrá usted razon, seguro que mas de una empresa lo hace así, pero independientemente de eso, siempre se puede probar a llamar a la mutua, preguntar los horarios de visita y solicitar una visita DENTRO del horario laboral. No creo yo que, si trabajas de 9 am a 20 am, te hagan ir a las 9 de la noche a la mutua, o un sábado por la mañana.
y si lo hacen así, pues ya se ve claramente que su intención es claramente PUTEAR al trabajador. Y eso es denunciable y seguro que legalmente hay opciones para oponerse y con toda la razon del mundo.
La valoración de que se trata de un puteo es cuando menos cuestionable y seguro que es muy personal pero le explico en el sector mencionado los trabajadores tanto los reconocimientos como la formación permanente se realiza fuera de la jornada puesto que al ser personal de relevo cuando tienen que trabajar no pueden ser sustituidos por otros y estos tienen que hacer la formación así como los reconocimientos fuera de la jornada laboral, luego se compensa con HE o con otros descansos.
Mala fe bueno esto lo dejo a su apreciación personal.
SMO
Eso quise añadir hace unos días,pero no encontraba el hilo,eso de que el foro no tenga un buscador es un c.....
Desde el 1 de Enero,el supremo lo dice clarito:la mutua tiene que abonar los gastos y menoscabos.
Respecto a ir o no,si estás de baja y cobrando,tienes que ir,si estás en alta y trabajando,irás o no irás,según te parezca,te aconsejo que te parezca que no,no dan puntada sin hilo,seguro que hay segundas intenciónes.