En 1999 entró en vigencia la Ley de Filiación, hecho que permitió la incorporación de pruebas genéticas para determinar la paternidad, que al año es negada en cerca de 20 mil casos, lo que se traduce en el mismo número de niños que nacen en Chile sin ser reconocidos.
Esto ha ayudado a establecer mayor responsabilidad, ya que antes no había ninguna herramienta que obligara a los padres a reconocer a sus hijos, sólo se los llamaba "gentilmente" a declarar, sin someterlos a pruebas biológicas ni a confesar previamente dicha paternidad.
Cuando comenzó a regir esta ley en nuestro país, quedó a discreción -además- que cada juez hiciera obligatorio el examen para los presuntos padres y luego, con una reinterpretación del cuerpo legal, se determinara que si el demandado no concurre, se le aplica de inmediato una "presunción de paternidad", lo cual facultaría al magistrado para que dé por reconocido a este hijo.
Para el Servicio Médico Legal, este decreto ha significado una mayor demanda, ya que antes de la ley la entidad hacía apenas unos 350 exámenes de ADN al año, mientras que actualmente no da abasto con las órdenes judiciales que solicitan el test, llegando a cerca de 3 mil.
Sin embargo, en el laboratorio de genética del SML se hacen las pericias para todo Chile y no sólo en el ámbito de la paternidad, por lo que los tiempos de demora en los resultados del examen pueden llegar hasta seis meses, lapso en el que la causa queda estancada en tribunales.
Esto, porque dicha prueba constituye la de mayor importancia para dictar la paternidad, dado que el nivel de certeza es superior al 99 por ciento y cuando el examen arroja que tal paternidad no existe, el descarte debe tener 100 por ciento de certidumbre, razón suficiente para que la prueba se vuelva a realizar.
Es tal la demanda que ya hay laboratorios privados que se especializan en este examen, siendo tomadas las muestras de ADN por el propio interesado, a través de un set de instrumental médico, que es adquirido en farmacias.
El resultado se entrega en menos de un mes, con un costo cercano a los 200 mil pesos, pero por sí solo el examen no tiene validez legal. Sólo se transforman en elemento probatorio cuando son autorizados por un magistrado o alguna de las partes, en un juicio de filiación y también cuando se desea apelar al fallo.
En la mayoría de los casos, el determinar legalmente y con certeza quién es el padre del menor cambia radicalmente la situación económica o social del niño, protegiéndolo así por la ley y amparándolo en los derechos que lo rigen.
Hola! estoy realizando un trabajo y necesito saber en donde pruedo encontrar una estadística con el número de juicios por demandas de paternidad que se realizan en España
Gracias