Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Pruebas de pareja al inscribir matrimonio en consulado español

2 Comentarios
 
07/02/2021 00:24
Hola:

En el expediente debe quedar acreditado la plena conformidad del matrimonio celebrado en el extranjero con el ordenamiento jurídico español y desde luego, la no oposición al orden público español. Por ello:

1.- Debe quedar probada la identidad de ambos, así como la filiación, la nacionalidad y la plena capacidad conforme a Derecho en general y en concreto para contraer matrimonio (es decir, que no existían impedimentos legales para contraerlo de acuerdo con el ordenamiento jurídico español). Por eso se requiere tanto el DNI de la persona española como el pasaporte en vigor del contrayente extranjero, su documento de identidad si el país del cual es nacional expide ese documento (no todos los países prevén en su legislación la existencia de un documento de identidad equivalente al DNI español) y también las certificaciones literales de nacimiento de ambos. Y si antes alguno de los dos o ambos estuvieron casados, se les requiere que aporten la resolución de divorcio o si es viudo, el certificado de defunción del anterior cónyuge.

2.- Debe quedar probado también que el matrimonio es real, auténtico y no de complacencia. Y para esto se practica la audiencia por separado a los contrayentes, del mismo modo que si el matrimonio fuera a celebrarse en España, para comprobar que el matrimonio se lo ha contraído realmente con la finalidad de cohabitar y formar una comunidad de vida como marido y mujer.

3.- Si se trata de probar la autenticidad de la relación y su antigüedad, sirve cualquier medio de prueba admitido en Derecho que pueda acreditarlo. No es necesario que revele datos de su intimidad personal o como pareja. Mientras quede probado que existía una relación de noviazgo auténtica y estable, prolongada en el tiempo, durante el período inmediatamente anterior a la fecha de celebración del matrimonio (por ejemplo, cartas, mensajes de correo electrónico o de WhatsApp, viajes de visita si vivían en países diferentes, fotografías familiares, etc.) y el plan o acuerdo respecto de la vida en común después de la celebración del matrimonio (por ejemplo, si tienen planificado tener descendencia, dónde se fijará el domicilio familiar, cuál es el régimen económico matrimonial que regirá el matrimonio, cómo cooperarán en el levantamiento de las cargas del hogar común, etc.), se podrá superar el trámite. Por ejemplo, si hay mensajes de correo electrónico o cartas manuscritas en las que se ha tocado estos puntos, son prueba idónea.

Recuerde que la finalidad es sólo comprobar la conformidad del matrimonio celebrado en el extranjero con el ordenamiento jurídico español y su no oposición al orden público español para que pueda ser reconocidos sus efectos conforme con el ordenamiento jurídico español e inscribirse en el Registro Civil español, no invadir la vida privada e intimidad de las personas, que está protegida por la propia Constitución, tratados internacionales en materia de derechos fundamentales y leyes de España. De modo que, si no quiere, porque puede tratarse de intimidades propias de la pareja que a su juicio no conciernen a terceros, no está obligado a presentar cartas o mensajes de correo electrónico que contengan este tipo de conversaciones.

Es muy importante que ambos conozcan muy bien aspectos de la vida del otro, especialmente sobre su familia, su profesión, su trabajo, sus gustos e intereses, porque sobre eso suele también hacerse preguntas en la audiencia por separado (se presume que si una relación de pareja es auténtica, se conoce estos detalles) y a veces hay problemas porque no coinciden las respuestas (y esto a veces ocurre porque las personas están tensas por la situación y olvidan detalles). Si la relación es real y auténtica, no debe haber inconvenientes. Se pregunta, por ejemplo, las circunstancias en que se conociera, los nombres de los padres de la otra persona, si viven o han fallecido, si tiene hermanos, la fecha de cumpleaños, la profesión que tiene, en dónde estudió, en qué trabaja, si no hay un idioma nativo en común se pregunta también cuál es la lengua de comunicación habitual en la pareja.

Un cordial saludo.
06/02/2021 21:13
Alguien que haya pasado por esto o sepa sobre el tema? Estamos terminando de preparar todos los documentos pero aún tenemos dudas sobre las pruebas de pareja.
Muchas gracias!
Pruebas de pareja al inscribir matrimonio en consulado español
21/01/2021 18:53
Buenas, y gracias de antemano!
Mi pareja (ahora esposa) y yo vamos a inscribir nuestro matrimonio ucraniano en el consulado Español, y tenemos una duda muy concreta para la que no encontramos respuesta en ningún sitio.
Básicamente, tenemos que presentar conversaciones, emails, etc, que demuestren que existe una relación sentimental real entre nosotros.
La duda es, por ejemplo, al presentar las conversaciones, cómo presentarlas: Hablamos todos los días mucho desde que nos conocimos, ¿Qué partes concretas se suelen presentar en éstos casos? Por ejemplo, estamos pensando en presentar diferentes "fases" de nuestra relación, como cuando empezamos a hablar al principio, cuando viajábamos para vernos, cuando hablábamos de casarnos o del futuro, etc. ¿Qué pensáis?