Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

prueba

16 Comentarios
 
Prueba
10/02/2006 17:17
Hola, tengo a mi primer cliente y está acusado por amenazas. El caso es que el denunciante tiene un testigo y mi cliente otro, con versiones contradictorias. En qué se va a basar el juez para resolver?? Son "dos palabras" contra dos palabras. Es suficiente para quebrar la presunción de inocencia. Los dos testigos son compañeros de trabajo de cada una de las partes...
perfil Rus
10/02/2006 17:53
El juez se basará en lo mismo que el resto de los mortales: en la versión que resulte más creíble y con menos contradicciones.

Probablemente algún compañero aoprtará más ayuda, pero tal como parece que está el asunto, intenta que las cosas queden claras, que declaren bine y con tranquilidad. Que tu cliente de una imagen de persona serena, incapaz de amenzar a nadie. ¿Tenían algún conflicto anterior?; puedes utilizarlo (o no), según convenga a tu cliente.

Mucha suerte.
10/02/2006 18:09
Muy agradecido Rus. Pues el conflicto se remonta 6 días atrás cuando mi cliente (de 18 años) fue expulsado de mala manera, sufriendo incluso cortes y golpes, de un local de copas, por algunos gorilas de discoteca. A la semana siguiente, cuando intentó entrar a pedir explicaciones de lo sucedido, resulta que se mofaron de él (en plan: mira al enano tontín este, y tal...). Ante la insistencia: dejadme entrar, dejadme entrar por favor que están todos mis amigos dentro... le dijeron que le iban a denunciar por amenazas por "capullín". Él no le prestó importancia y se fue resignado. Ahora se encuentra con que el fiscal le pide a él y a los dos compañeros q iban con él 6 meses de prisión por un delito de amenazas.

Me imagino (espero), que así las cosas: in dubio pro reo, verdad???

Deu!
perfil Rus
10/02/2006 18:25
Como si fuera Fiscal. La versión que relatas no resulta muy real.
¿Tiene parte de lesiones?. Sin él, y sin testigos "imparciales" que lo verifiquen,será difícil probar que fue expulsado de mala manera. Supongo que tampoco hay denuncia, o sea, que no queda acreditado que fuera expulsado. O lo que es casi peor, que "los gorilas" justifiquen esa expulsión.

Segunda parte. Va a pedir explicaciones. ¿Ellos se ríen y él se va resignado?¿No insultó?. Supongo que esta vez tampoco denunció nada. ¿Qué pintan sus dos amigos en todo esto?.

¿Por qué artículo le acusan?. Quizás puedas reconducirlo a una falta.
10/02/2006 18:32
Por eso mismo tal vez no interesa introducir el conflicto anterior, aunque sí tiene parte de lesiones de urgencias. Ninguna denuncia.

Se va resignado porque uno pesa 100kg y el otro unos 80, con lo cual.. insultar no hubiera sido muy práctico. Los dos amigos iban con él el día en que supuestamente los amenazó para que le dejaran entrar. Se me olvidó, relatan en la denuncia que la amenaza fue con una "porra" (ahora resulta que tiene vocación de mosso d´esquadra el niño). Los acusan a los 3 como autores del tipo del art. 169.1º
perfil Rus
10/02/2006 18:50
¿Si no nos dejas pasar te matamos?

No conozco al chaval ni a los de la puerta, pero no tiene pinta de ser delito de amenazas. Entre los requisitos del tipo está que quien la sufre tema razonablemente que quien amenaza va a cumplir lo dicho, y en tu caso, o tu cliente tiene muy mala pinta, o la acusación es un poco exagerada. ¿Ellos no están personados, verdad?. Intenta liarlos, que se contradigan. Y que tu cliente y sus amigos vayan igual que "angelitos".

10/02/2006 21:09
Acabo de reunirme con él y con su abogado de oficio (lo era hasta ayer). El caso es más complejo de lo que me había comentado el letrado por teléfono. Resulta que me ha comentado que sus dos compañeros además están acusados de un delito de lesiones, porque por lo visto, a los porteros les han pegado una paliza unos desconocidos (siendo dos de ellos, presuntamente, identificados por el atuendo ya que iban con pasamontañas). Yo no entiendo nada, a ellos dos les acusan de las amenazas más las lesiones y a mi cliente sólo de amenazas. Menudo panorama, es más bien surrealista. En mi opinión, han aprovechado para intentar sacarles algo de dinero a los chicos... porque he mirado las fechas y no cuadra: denuncian el mismo día de las lesiones la presunta amenaza de 20 días atrás. No soy racista, pero los porteros son búlgaros y pienso que buscan dinerito.

Mala pinta ninguna, todo lo contrario, son chicos más bien "pijitos".
perfil Rus
11/02/2006 14:23
También lo eran los del cajero...

Como dices, la cosa cambia. Ya no son dos contra dos. Estudialo todo con calma. Lo "bueno" es que e tuyo no entra en las lesiones. Quita importancia a las amenazas, a ver si se queda en falta. Y le dices "no vuelvas por ahí".

Suerte
perfil Zal
15/02/2006 19:50
¿Estas seguro de que le acusan de un 169.1º?
Porque si es así, es un delito competencia del Tribunal del Jurado...
16/02/2006 08:21
Pues sí. En el escrito pone que solicita que se abra juicio oral, pero no habla de competencia. También se me juzga por presuntas amenazas previas. ¿me juzgaría el jurado también por las amenazas?
16/02/2006 08:24
Perdón, me refiero a las lesiones. ¿Nos juzgaría el jurado por las lesiones también?
16/02/2006 09:32
Y qué insinua Zal? Que es mejor o peor para el acusado...?
perfil Rus
16/02/2006 10:44
O sea, que de momento no hay acusación, lo que hay es auto de apertura de juicio oral.

Normalmente, las partes no quieren acabar en el Jurado, por lo que en los escritos de conclusiones provisionales acusarán de un delito distinto. Si no hay remedio, se acaba en el Jurado.

¿Por qué aparecen ahora las lesiones?.

16/02/2006 10:54
Porque ahora también acusan a mi cliente de lesiones (al igual que a sus compañeros)... Es más fácil lograr su absolución en el jurado?

Si hay escrito de acusación, en el que el fiscal además de acusar, solicita apertura de jucio oral
perfil Rus
16/02/2006 11:11
¿Y tú qué dices en el escrito de defensa?. Todo esto me parece un poco raro
16/02/2006 11:57
Aún tengo que elaborarlo.... pero en principio intentaré reconducir las amenazas a una falta y negar por completo la participación de los chicos en la agresión.

Qué me dices en cuanto al jurado?
perfil Rus
16/02/2006 17:18
LECrim.

art.781: EL Fiscal (parece que no hay acusación particular) al solicitar apertura de juicio oral debe decir ante qué órgano. ¿Lo dice?.

art.783.2 in fine: el juez debe decir en el auto el juzgado competente. ¿Lo dice?.

En cualquier caso, aunque la ley prevé que el delito más grave "arrastra" al menos grave (en este caso, las amenazas a las lesiones), en la práctica no suele ocurrir. Como te digo, el procedimiento del jurado es complicado y se evita en lo posible.