Soy abogado novato y tengo algunas dudas que me gustaría consultar.
El problema es el siguiente:
- Arrendatario interpone demanda de resolución de contrato y declaración de no haber lugar a indemnización. Se notifica demanda a Arrendador en Juicio Ordinario y traslado para contestar.
- La vivienda presenta graves daños ocasionados por el arrendatario, el arrendador quiere reconvenir para reclamarlos.
- No se ha producido la entrega de llaves, ni se tiene acceso a la vivienda.
- Se quiere pedir la reposición de las cosas al estado de habitabilidad en que se encontraban al formalizar el contrato, dejando la indemnización para el caso de que en ejecución el arrendatario no haga.
- ¿Cómo podemos acreditar la existencia de daños sin recurrir del reconcimiento judicial? ¿Hay posibilidad de solicitar como prueba Acta notarial de presencia y protocolización en caso de que no se admita el reconocimiento judicial? ¿Sería mejor pedir una pericial con valoración de daños y condena a cantidad líquida o, ya que la vivienda es vieja, pedir condena a reparar y de no reparar dejar la posible indemnización para ejecución?
Gracias de antemano.
RICHI